El ICAC fija un cambio de 1,5 ó 1,7 pesos por dólar para el cierre de cuentas de empresas presentes en Argentina

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: martes, 5 febrero 2002 20:31

MADRID 5, (EUROPA PRESS)

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) ha

fijado un tipo de cambio de 1,5 ó 1,7 pesos por dólar para que las

empresas españolas con inversiones en Argentina incorporen a sus

cuentas consolidadas de 2001 las partidas de las filiales que deban

convertirse a euros.

El ICAC explica en una nota que, dado que en Argentina no existía

el citado tipo de cambio en la fecha de cierre de las cuentas

anuales, el 31 de diciembre de 2001, ha sido necesario delimitar y

aclarar, con carácter general, que el tipo de cambio que debe operar

a los efectos de la normativa contable indicada es el correspondiente

al cierre del primer día de cotización de la moneda argentina tras la

devaluación legalmente aprobada en este país, fijado en 1,5 pesos por

dólar el precio de compra y en 1,7 pesos por dólar el de venta.

Cada compañía tendrá cierta flexibilidad para decidir el tipo de

cambio aplicable, informaron a Europa Press en fuentes del Ministerio

de Economía.

La normativa contable española e internacional se refiere al tipo

de cambio de cierre como el parámetro necesario para medir los

elementos patrimoniales expresados en una moneda distinta del euro,

según recuerda el instituto que preside José Luis López Combarros.

De esta forma, el ICAC ha definido los criterios contables que las

empresas españolas con presencia en Argentina deberán aplicar para el

cierre del pasado ejercicio.

El Instituto, dependiente del Ministerio de Economía, señala que,

adicionalmente, en la valoración de ciertos activos de las empresas

con inversiones en Argentina en cuanto a su solvencia y

recuperabilidad, de acuerdo con lo establecido en las normas

contables de carácter general, será necesario tener en cuenta este

tipo de cambio.

En virtud de este criterio, las empresas con presencia en

Argentina deberán revisar la valoración de ciertos activos en cuanto

a su solvencia, así como de otros criterios, como el fondo de

comercio, para realizar las necesarias correcciones y la dotación de

provisiones por riesgos, lo que tendrá reflejo en sus resultados.

"En definitiva, el criterio adoptado constituye la interpretación

racional de la norma contable vigente en nuestro país con arreglo a

los singulares hechos acaecidos en Argentina, criterio que está en

sintonía con los pronunciamientos internacionales al respecto".

El ICAC afirma que las "numerosas" consultas presentadas en

relación con los efectos que deben recogerse en las cuentas anuales

de las empresas y grupos españoles como consecuencia de la

devaluación del peso motivaron que el Instituto realizara un profundo

estudio de la normativa contable aplicable en España, así como en los

países del entorno, con objeto de establecer el criterio contable a

aplicar.
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(EUROPA PRESS)

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