El régimen fiscal de las Socimi desincentiva las inversiones extranjeras, según expertos

Actualizado: domingo, 4 enero 2009 14:12

MADRID, 4 Ene. (EUROPA PRESS) -

El régimen fiscal 'a la española' previsto para las sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria (Socimi) --REIT en sus siglas en inglés-- que operarán en España, llamadas a dinamizar el mercado del alquiler, supondrá un freno para las inversiones extranjeras, según expertos consultados por Europa press.

El proyecto de la Ley reguladora de estas sociedades, cuyo principal objetivo social será la inversión en bienes inmuebles urbanos para su arrendamiento, prevé que estas sociedades tributen a un tipo del 18% en el Impuesto sobre Sociedades, prácticamente la mitad que el general, del 30%. Sin embargo, en la mayoría de los países de la UE donde operan, estas sociedades están exentas de tributación.

Por el contrario, el proyecto español establece esta exención para los dividendos percibidos por los socios, siempre que sean personas físicas --las jurídicas tributarán a un tipo entre el 15% y el 30%--, que sí tributan en otros países.

Estos son los principales rasgos diferenciadores con los que previsiblemente funcionarán las Socimi a partir del mes de marzo, en pleno 'estrangulamiento' financiero del sector inmobiliario en España. Con todo, el proyecto se encuentra actualmente en el Congreso de los Diputados a la espera de que el próximo 10 de febrero finalice el plazo para presentar enmiendas, que podrían introducir modificaciones.

LOS EXPERTOS PONEN PEROS.

En estas condiciones, el director general de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco), Ángel Martínez Aldama, afirma que para determinados inversores, especialmente los no residentes, este régimen fiscal "no es el más óptimo", ya que implica una tributación a la que no están obligados en otros países.

Asimismo, indica que esta situación puede verse compensada en los convenios sobre doble imposición firmados por España con los diferentes países, si bien, insiste en que atraer inversores "es más fácil cuando el que tributa es el socio y no la sociedad".

Por su parte, el director del Servicio de Estudios del Instituto de Estudios Económicos (IEE), Gregorio Izquierdo, indicó que "no van a ser las condiciones más ventajosas" y, más concretamente, "no será especialmente atractiva para la inversión extranjera".

Para el despacho de expertos Equipo Económico, el régimen fiscal previsto es más "complejo" que el extendido en otros países y tendrá un efecto "poco incentivador" para el sector. Así, según el socio director del despacho Salvador Ruiz, este entramado fiscal "echa un poco para atrás y puede ser poco estimulante" para los inversores.

Además, Ruiz apuntó que, si bien la obligación de distribuir dividendos entre los socios que acompaña a estas sociedades tiene un fin recaudatorio, "parece que tiene poco sentido" en la versión española al no tributar con carácter general.

LA VISIÓN DEL GOBIERNO.

Por su parte, el Gobierno recalca en la memoria económica que acompaña el proyecto de Ley que las ventajas fiscales son de calado, tanto que incluso pueden generar un coste recaudatorio "apreciable" si se tiene en cuenta que supondrán, a su juicio, un "significativo acicate" para que se constituyan más instituciones inmobiliarias de este tipo.

El texto explica que es "indeterminado" el número de empresas que podrían verse afectadas por las modificaciones recogidas en el proyecto de ley del Impuesto de Sociedades y el de Transmisiones Patrimoniales, por lo que "no resulta posible" calcular el impacto recaudatorio total, aunque sí "estimaciones del coste teórico".

Así, el Gobierno prevé que la reducción de carga tributaria que tendría que soportar el Estado a cuenta de la aplicación del tipo reducido del Impuesto de Sociedades del 18% supondrá entre un 40% y un 60% de la tributación resultante de seguir aplicando el tipo general del 30%.