Transportes establece que los trenes requieran de una autorización vinculada a la ENAC para poder circular

Una mujer camina por el andén de la estación Príncipe Pío tras bajarse de un tren de Cercanías, en Madrid (España) a 18 de mayo de 2020.
Una mujer camina por el andén de la estación Príncipe Pío tras bajarse de un tren de Cercanías, en Madrid (España) a 18 de mayo de 2020. - Eduardo Parra - Europa Press - Archivo
Europa Press Economía Finanzas
Publicado: miércoles, 2 septiembre 2020 14:09


MADRID, 2 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha establecido que un vehículo ferroviario requiera una autorización emitida por un organismo acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) para poder circular de manera efectiva, según informa la organización.

En concreto, este requisito, aprobado mediante una nueva instrucción técnica ferroviaria, se refiere a las especificaciones que debe cumplir el material rodante ferroviario, como trenes, locomotoras o vagones, para la entrada en servicio de unidades autopropulsadas, locomotoras y coches y su posterior circulación en la Red Ferroviaria de Interés General (RFIG).

La autorización, que debe ser emitida por los organismos acreditados por ENAC, tiene como objetivo demostrar que los vehículos cumplen con las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad (ETI) y con las normas de ámbito nacional que apliquen en su territorio, que, en el caso de España, están recogidas en esta instrucción ferroviaria.

"Tendrán la consideración de organismos designados para efectuar el procedimiento de verificación del cumplimiento de las normas nacionales notificadas, contenidas en esta IF, aquellos organismos que así lo soliciten a la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y que estén previamente acreditados por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 17065", señala el texto de la Orden Ministerial.

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