Actualizado 11/12/2007 18:23

En libertad provisional una mujer imputada por provocarse un aborto al ingerir pastillas en Pamplona

PAMPLONA, 11 Dic. (EUROPA PRESS) -

El juez de Instrucción número 1 de Pamplona acordó ayer dejar en libertad provisional sin fianza a un mujer de nacionalidad venezolana imputada por un delito de aborto que, posiblemente, se habría provocado ella misma al ingerir pastillas. El juez impuso a S. V. A., de 25 años, la obligación de comparecer ante el juzgado los días 1 y 15 de cada mes.

Según consta en las diligencias judiciales, la mujer ingresó en el Hospital Virgen del Camino de Pamplona el pasado día 5 de diciembre a las 3 horas. Los facultativos constataron que la paciente había tenido un aborto, por lo que le practicaron un legrado, según informó en un comunicado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que no especificó cuántas semanas tenía el feto.

Dos días después, un médico forense informó al juez de guardia de Pamplona de la posibilidad de que la joven se lo hubiera provocado. El juez envío al centro hospitalario a la Policía Foral, que tuvo custodiada a la paciente hasta que compareció en el Juzgado de Guardia.

En su declaración ante los agentes de la Policía Foral, que tuvo lugar el pasado día 8, la joven detenida reconoció que se había provocado el aborto tras ingerir unas pastillas. Sin embargo, ante el juez instructor, en una declaración plagada de contradicciones, lo negó.

En el auto, el juez explica la puesta en libertad de la mujer en atención al delito que se le imputa y las penas que para el mismo señala el Código Penal, "así como por la ausencia de motivos que induzcan a creer que la imputada eluda la acción de la justicia".

El artículo 145.2 del Código Penal recoge que la mujer que produjere su aborto o consintiere que otra persona se lo cause, fuera de los casos permitidos por la ley, será castigada con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de seis meses a veinticuatro meses. A este respecto, la Ley de Enjuiciamiento Criminal sólo faculta a acordar la prisión provisional cuando la pena mínima a imponer sea de 2 años.