Publicado 13/02/2024 13:40

No habrá referéndum sobre la reforma constitucional para eliminar 'disminuido' tras expirar el plazo para pedirlo

Aplausos tras la aprobación de la reforma del artículo 49 durante una sesión plenaria en el Senado, a 25 de enero de 2024, en Madrid (España).
Aplausos tras la aprobación de la reforma del artículo 49 durante una sesión plenaria en el Senado, a 25 de enero de 2024, en Madrid (España). - Alberto Ortega - Europa Press

   MADRID, 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

   La reforma del artículo 49 de la Constitución para eliminar el término 'disminuido' no contará con referéndum de ratificación, tras finalizar este lunes el plazo de 15 días para solicitarlo y no reunir el número mínimo de diputados o de senadores requerido (10 por ciento de la Cámara respectiva).

    Según ha recordado este martes el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), sólo falta la sanción del Rey, con refrendo del Presidente del Gobierno y la publicación de la modificación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en todas las lenguas oficiales del Estado, para que entre en vigor.

   En este sentido, la organización celebra la culminación del proceso "largamente anhelado" por el movimiento social de la discapacidad que "robustece y ensancha la democracia española".

   El Pleno del Senado aprobó el 25 de enero definitivamente la reforma del artículo 49 de la Constitución para sustituir la palabra 'disminuido' por 'persona con discapacidad', con todos los partidos a favor menos Vox.