Actualizado 14/03/2007 15:45

Dependencia.- Gobierno y CC.AA. llegan a un acuerdo sobre los baremos que evaluarán a los dependientes

Caldera confía en desarrollar la Ley antes de final de mes para comenzar a evaluar a las personas que soliciten atención


MADRID, 14 Mar. (EUROPA PRESS) -

El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, anunció hoy en el Congreso que su departamento ha alcanzado un acuerdo con las comunidades autónomas sobre el contenido de los baremos que se utilizarán para evaluar a las personas con problemas de dependencia a la hora de determinar las prestaciones y servicios a los que tendrán derecho.

Caldera compareció en comisión para hacer balance de las políticas realizadas por su departamento, entre ellas, el desarrollo de la Ley de Dependencia. El ministro confía que antes de que concluya este mes estarán listos los reales decretos que regularán, tanto los baremos, como las prestaciones, servicios y la aportación de los usuarios al Sistema nacional de la Dependencia.

Según dijo, "antes de fin de marzo se aprobarán los reales decretos y serán consensuados con las comunidades autónomas, si es posible, por unanimidad, y si no por amplia mayoría, con el fin de no dilatar el proceso". En lo que se refiere a los baremos, el Consejo Territorial ratificará el acuerdo alcanzado ayer, a nivel técnico, previsiblemente la próxima semana.

El documento definitivo incluye algunas novedades para ampliar los criterios de evaluación de los discapacitados intelectuales y pacientes mentales. El ministro explicó que se ha atendido las demandas de estos colectivos y se evaluarán cuestiones como el cuidado de la salud, la capacidad en la toma de decisiones y las habilidades para realizar tareas domésticas.

NUEVOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN.

Según el borrador del anteproyecto de Real Decreto, al que tuvo acceso Europa Press, las comunidades autónomas evaluarán la capacidad de las personas para cuidar de sí mismos (prevención de enfermedades, búsqueda de asistencia médica, seguir consejos médicos o evitar riesgos); y la capacidad para controlar afrontar y tomar por propia iniciativa decisiones personales.

En lo que se refiere a las tareas domésticas se evaluará la autonomía de las personas para preparar comidas, hacer la compra, limpiar y cuidar de la vivienda, así como lavar y cuidar la ropa.

Trabajo tiene previsto realizar esta primavera las entrevistas a las personas que soliciten recibir una prestación o un servicio dentro del Sistema de la Dependencia, que en su primer año de funcionamiento atenderá a los usuarios en situación más grave (unos 20.000).

El Ministerio también está preparando el real decreto que regulará la intensidad de las prestaciones y servicios que recibirán las personas dependientes, así como el copago. Sobre este punto, Caldera insistió en se establecerá "un mínimo exento" de renta, todavía por determinar.

INTENSIDAD DE LAS PRESTACIONES.

Según el "Primer borrador de acuerdo sobre alcance, contenido e intensidad de las prestaciones del sistema" de la dependencia, al que tuvo acceso Europa Press, con fecha de 29 de enero, el ministerio se plantea eximir del copago a las personas cuya capacidad económica sea igual o inferior a las pensiones no contributivas.

Este documento establece que la mayoría de los usuarios, es decir, las personas con dependencia moderada (más de 560.000) tendrán derecho a recibir teleasistencia, servicio de ayuda a domicilio, centro de día, estancias residenciales temporales en centros o una prestación económica para cuidados en el entorno familiar.

A partir de ahí, en función de la gravedad de la dependencia, se añaden servicios como la asistencia personal o la ayuda a domicilio vinculada al centro de día.

Igualmente, la intensidad de la protección se determinará atendiendo al grado y nivel de dependencia y se diferenciará de los servicios de transporte, manutención y hoteleros en cuanto a la cofinanciación de los beneficiarios.

Según el borrador, el servicio de teleasistencia se prestará las veinticuatro horas del día durante todos los grados y niveles de dependencia. En lo que se refiere a los servicios de ayuda a domicilio, centro de día o atención residencial, se establecen cuatro intensidades de acuerdo a la gravedad: entre 30 y 45 horas mensuales (grado II, nivel 1 de dependencia), entre 45 y 60 horas mensuales (grado II, nivel 2), entre 60 y 75 horas mensuales (grado III, nivel 1) y entre 75 y 90 horas (grado III, nivel 2).

En lo que se refiere a la cuantía de las prestaciones económicas, será establecida cada año por el Gobierno, previo acuerdo del Consejo Territorial y se actualizará con el incremento del IPC. En todo caso, la cuantía se determinará a partir de un coeficiente, según la capacidad económica del beneficiario.

PARTICIPACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS EN EL COSTE.

El borrador que recoge Europa Press también establece los criterios generales para la participación de los beneficiarios en el coste. En primer lugar, la capacidad económica personal de los beneficiarios de las prestaciones y el copago se determinará en función de la renta y el patrimonio, considerando a estos efectos los rendimientos de trabajo o rentas sustitutivas, los rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario, de actividades económicas, las ganancias y pérdidas patrimoniales y cualquier otras imputaciones de renta que se establezcan por ley.

La acreditación de las rentas se realizará a través de la información tributaria y se consideraría como patrimonio el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de que sea titular el solicitante, con deducción de las cargas y gravámenes que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que deba responder.

CAPACIDAD ECONÓMICA DEL SOLICITANTE.

A la hora de determinar la capacidad económica del solicitante, se tendrían en cuenta las rentas y el patrimonio del último periodo impositivo y será la correspondiente a su renta modificada al alza por suma de un porcentaje del valor del patrimonio neto por encima de una cifra que todavía no se ha determinado. Trabajo tampoco ha establecido el porcentaje que se tendrá en cuenta.

A partir de ahí, los beneficiarios de los servicios del sistema participarían en la financiación según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica. Con el fin de determinar de forma objetiva el copago, Trabajo prevé establecer precios de referencia para cada uno de los servicios del catálogo, diferenciando la manutención, los costes hoteleros y de transporte.

De esta manera, el copago se fijará aplicando al precio de referencia un porcentaje en función del tipo de prestación y su capacidad económica.

Siempre según este primer borrador, si la capacidad económica del beneficiario es igual o inferior a la cuantía que cada año se fija para las pensiones no contributivas de la Seguridad Social, no participará en el coste de los servicios asistenciales. En el caso de los servicios hoteleros o de transporte se establecerá un límite a la participación.