Actualizado 18/07/2008 19:28

EpC.- El TSJ de La Rioja emite 15 resoluciones que avalan la objeción de conciencia a la asignatura

Otros 18 padres de alumnos riojanos esperan una respuesta judicial al respecto


LOGROÑO, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) de Justicia de La Rioja ha emitido ya 15 resoluciones en las que avala la objeción de conciencia a la asignatura obligatoria de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC) y declara a sus hijos exentos de cursarla.

La primera de las sentencias se hizo pública el pasado día 9, y las otras 14, que se han conocido entre ayer y hoy, son iguales en forma y argumentación, con la única diferencia de que algunas de ellas responden a recursos interpuestos por padres de niños que estudian en colegios privados.

De esta manera, el Alto Tribunal riojano estima los recursos presentados por los padres de los alumnos contra la decisión administrativa de la Consejería de Educación de denegarles la objeción de conciencia.

El fallo de la sentencias declara "la nulidad de pleno derecho de la actuación administrativa objeto del mismo", y reconoce "el derecho de la parte recurrente a ejercer la objeción de conciencia frente a las asignaturas de educación para la ciudadanía, según se regulan en los Reales Decretos 153/2006, 1631/2006 y 1467/2007".

Según la sentencia, la mencionada asignatura es contraria al artículo 16 de la Constitución --sobre la libertad ideológica, religiosa y de culto-- y el 27 -- derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones--, que alegan los recurrentes.

Además, las resoluciones judiciales, afirman que los Reales Decretos que regulan y hacen obligatorias las asignaturas de Educación para la Ciudadanía "son contrarios al Derecho, aunque su ilegalidad sólo podría declararla el Tribunal Supremo, ya que han emanado del Consejo de Ministros".

UN VOTO PARTICULAR

Las sentencias sólo han sido firmadas por dos de los tres magistrados que componen la Sala. El tercer magistrado emite un voto particular a la misma por considerar que los recursos debían de haber sido desestimados porque la asignatura, si bien tiene una carga moral, "no tiene una voluntad de adoctrinamiento".

"No se pretende imponer ningún tipo de moral concreta como sostiene la sentencia, sino que tales contenidos forman parte de la denominada ética cívica entendida como conjunto de valores y principios éticos que una sociedad moralmente pluralista comparte", prosigue el voto particular.

"Es una ética mínima, que no trata de imponer una ideología común a todos los ciudadanos", por lo que "el fallo jurisdiccional hubiera debido desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto", sostiene este juez.

DIECIOCHO PADRES "A LA ESPERA"

De este modo, según los datos ofrecidos el pasado día 15 por el consejero riojano de Educación, Luis Alegre, todavía quedan otros 18 padres "a la espera" de una respuesta judicial sobre este asunto.

Alegre anunció entonces que permitiría a los alumnos no cursar la asignatura, aunque advertía a los padres que la Justicia tendría la última palabra, y que solamente un fallo judicial les concedería la exención definitiva de asistir a esta clase.