Actualizado 01/06/2007 20:48

Los profesores de Religión contratados este curso escolar pasarán "automáticamente" a ser indefinidos

MADRID, 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los profesores de Religión no pertenecientes a los cuerpos de funcionarios docentes con contrato en el curso escolar 2006-2007 pasarán "automáticamente" a tener una relación laboral por tiempo "indefinido", según se recoge en el Real Decreto por el que se regula la relación laboral de este colectivo en desarrollo de la Ley Orgánica de Educación (LOE), al que tuvo acceso Europa Press.

El reglamento, aprobado hoy por el Consejo de Ministros, fija la excepción de pasar a ser indefinidos para aquellos docentes para los que concurra alguna de las causas de extinción del contrato o que éste se hubiere formalizado para sustituir al titular de la relación laboral con la Administración educativa.

Las causas de extinción del contrato serán por resolución de la Administración competente, previa incoación de expediente disciplinario; por revocación "ajustada a derecho" de la acreditación o de la idoneidad para impartir clases de Religión por parte de la confesión religiosa que la otorgó y por otras causas previstas en el Estatuto de los Trabajadores.

En el caso de trabajadores extranjeros, el contrato finalizará por extinción o no renovación de la autorización de residencia o trabajo, como consecuencia de la concurrencia de alguno de los supuestos para su extinción o el incumplimiento de alguno de los requisitos para la renovación establecidos en la normativa de extranjería e inmigración.

La determinación de la modalidad del contrato a tiempo completo o parcial, según lo requieran las necesidades de los centros públicos, corresponderá a las Administraciones educativas competentes, sin perjuicio de las modificaciones que, a lo largo de su duración por razón de planificación educativa, deban de producirse respecto de la jornada de trabajo y/o centro reflejados en contrato.

Par acceder al destino, se valorará la experiencia docente como profesor de Religión, de manera preferente en centros públicos y en el mismo nivel educativo de la plaza a la que se opta; las titulaciones académicas, sobre todo las más afines por su contenido a esta enseñanza, y los cursos de formación y perfeccionamiento realizados que estén relacionados con la didáctica, la organización escolar o análogos.