Actualizado 15/06/2007 17:22

Aprobado el proyecto de Ley de Adopción Internacional para agilizar trámites y reforzar las garantías para los menores

MADRID, 15 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el proyecto de Ley de Adopción Internacional, que busca conseguir "todas las facilidades para los padres y todas las garantías para los niños", según la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega. El texto aglutinará la legislación "dispersa" existente y "garantizará que la adopción de menores extranjeros en España sea válida" tanto en España como en el país de origen del menor.

Según De la Vega, las españoles adoptan más de 5.000 menores extranjeros al año, procedentes de más de 30 países, lo que sitúa a España como "el primer país del mundo". "A pesar del crecimiento sustancial de las adopciones internacionales, nuestra legislación no se había adaptado a la nueva realidad", señaló la vicepresidenta, que indicó que la regulación vigente era "excesivamente reglamentista en algunos puntos", y en otros "imprecisa e incompleta en otros".

"Esta Ley resuelve los problemas de los adoptantes y garantiza de manera global las mejores condiciones legales para que miles de niños puedan llevar una vida familiar adecuada y sus padres puedan educar y mantenerlos", añadió. El objetivo del nuevo texto es, además, "poner todas las precauciones para evitar la acción de las mafias", para lo que se ha previsto la creación de un registro, y varias limitaciones, como la adopción en países en guerra o en situación de desastre. "Habrá controles, supervisión pública y contrato con el adoptante y reconocimiento de las autoridades. Habrá estrictas garantías", afirmó.

Por ello, señaló que la nueva ley aportará "toda la facilidad para los padres y todas las garantías para los niños". "Los españoles están demostrando una enorme generosidad y Faltaba una ley con las mejores garantías para que las adopciones fuesen más rápidas y seguras y aquí está esa ley que ahora remitimos", concluyó.

Por su parte, el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, apuntó que la nueva ley tiene "una enorme trascendencia en el mundo global". "Era preciso unificar reglas y establecer limitaciones y garantizar que no se iban a producir episodios como los verdaderos tráficos de niños y compraventa de menores, aprovechando situaciones de precariedad", indicó sobre la nueva ley, redactada "sobre la idea de protección del menor".

El titular de Justicia explicó que este beneficio del menor "se va a garantizar con la idoneidad de los adoptantes, a los que se les exigirá la acreditación de que tienen capacidad, aptitud y motivación para asumir las responsabilidades" de una adopción internacional. A los adoptantes se les someterá a una "rigurosa valoración psicosocial" que va a valorar "su capacidad para mantener vínculos estables y seguros, y comprobando que tienen habilidades educativas y capacidad de relación con menores", concluyó.

"CONSENSO" POLÍTICO.

Según el Gobierno, la nueva ley nace con el "consenso" alcanzado con los agentes sociales y la aportación de las Comunidades Autónomas, bajo el objetivo principal de garantizar que prevalezca siempre el interés superior del niño y el respeto por sus derechos.

La nueva ley reúne todos los aspectos de Derecho Internacional Privado relativos al tema en un sólo paquete normativo. Asimismo, se ofrece una regulación completa de la competencia de las autoridades españolas para la constitución, modificación y declaración de nulidad de la adopción internacional, y se establece un régimen exhaustivo de los efectos jurídicos que pueden surtir en España las adopciones constituidas ante autoridades extranjeras competentes.

El articulado incluye varias novedades, entre las que destacan impedimentos a la adopción de menores que vivan en países bajo conflicto bélico o inmerso en un desastre natural, así como en los casos que no exista una autoridad específica que controle y garantice la adopción o cuando en el país no se den las garantías adecuadas para la adopción.

Asimismo, se procederá a valorar la idoneidad de los adoptantes por medio de la valoración de su situación personal y familiar, así como su aptitud para atender al niño en función de sus circunstancias particulares. Esta declaración de idoneidad tendrá una vigencia máxima de 3 años y está sujeta a las condiciones y limitaciones de la legislación autonómica aplicable en cada supuesto.

Esta declaración de idoneidad la llevarán a cabo las Entidades Públicas y Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional, que además reciben y tramitan las solicitudes de adopción y el compromiso de seguimiento de la adopción cuando sea precisa. Asimismo, sus funciones serán "acreditar, controlar e inspeccionar todas las directrices de actuación". El Gobierno controlará que su actividad sea exenta de lucro.

Por otra parte, una vez hayan alcanzado la mayoría de edad, los adoptados tendrán al acceso a los datos que sobre sus orígenes biológicos que obren en poder de las Entidades Públicas y la Administración.

A partir de ahora, se garantiza que las adopciones extranjeras solo surtirán efectos legales en España si han sido válidamente constituidas y si respetan el estándar mínimos de Justicia material y conflictual, algo que no es posible asegurar en la actualidad. Igualmente, se garantiza que la adopción internacional constituida en España surtirá efectos legales no sólo en nuestro país, sino también en el país de procedencia u origen del menor adoptado.

Por último, se regulará la conversión de las adopciones simples o menos plenas en adopciones plenas. Una adopción simple o menos plena es aquella en la que no hay ruptura de los vínculos personales, familiares y jurídicos entre el niño y los padres o familia naturales o biológicos. Como ejemplo está la figura de la 'kafala', o acogimiento en una familia de un menor, con el fin de educarlo y de ocuparse de él material y moralmente, sin que ello produzca efectos sobre su filiación.