La AN anula el registro de Sidenor porque "no superó los mínimos requisitos para limitar un derecho fundamental"

Archivo - Un coche de policía sale de la sede de Sidenor, a 10 de febrero de 2026, en Basauri (Bizkaia)
Archivo - Un coche de policía sale de la sede de Sidenor, a 10 de febrero de 2026, en Basauri (Bizkaia) - David de Haro - Europa Press - Archivo
Europa Press País Vasco
Publicado: miércoles, 15 abril 2026 18:02

BILBAO 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

La sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha decretado la nulidad de la entrada y registro en las instalaciones de Sidenor en Basauri (Bizkaia) el pasado 10 de febrero, estimando así el recurso de apelación presentado por la defensa del presidente de Sidenor, José Antonio Jainaga, al considerar, entre otros motivos, que el auto ahora anulado "no superó los mínimos requisitos para limitar un derecho fundamental".

La representación legal de Jainaga presentó un recurso pidiendo la nulidad de la entrada y registro en las instalaciones de la empresa en Basauri, al considerar que el auto del magistrado de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, contemplaba "gravísimas medidas limitativas" que eliminaban "de un plumazo" sus derechos más fundamentales, y sin presentar "un mínimo indicio razonable" para acreditar la supuesta comisión de delitos de contrabando y participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o de genocidio por la venta, sin autorización, de partidas de acero a la compañía Israel Military Industries (IMSI).

Según recoge el auto, con fecha del pasado 13 de abril, en este procedimiento penal "no se superan los mínimos requisitos que exige la ejecución de una medida limitativa de algún derecho fundamental", por lo que ve "factible" plantearse la nulidad del registro.

Además, considera "totalmente desproporcionada" la medida de extender el registros de documentación relativa al periodo de enero de 2021 a 31 de julio de 2025, cuando la querella se basa en exportaciones de acero llevadas a cabo entre agosto de 2024 y julio de 2025.

El pasado 10 de febrero, la Policía Nacional se personó en la sede de Sidenor de Basauri (Bizkaia) para recabar información en relación a la investigación por la venta de acero a Israel.

Esta actuación se produjo después de que el juez de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, acordara en octubre investigar a José Antonio Jainaga por presuntos delitos de contrabando y participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o de genocidio por la venta, sin autorización, de partidas de acero a la compañía Israel Military Industries (IMSI), tras la denuncia de la asociación Comunitat Palestina de Catalunya.

En un escrito relativo al registro, la Fiscalía manifestó que la causa abierta para investigar al presidente de Sidenor y otros dos directivos de la empresa vasca debería continuar solo para determinar si se ha podido cometer contrabando, excluyendo la presunta participación por complicidad en otro de lesa humanidad o genocidio.

Además, se opuso a que se realizara este registro al considerarlo una medida "inadecuada y desproporcionada en un juicio ponderativo con el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio", previsto en el artículo 18.2 de la Constitución.

El pasado 12 de noviembre, Jainaga y otros dos directivos de la empresa declararon como investigados ante el Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional. En su declaración, Jainaga aseguró haber acreditado ante la Audiencia Nacional (AN) que Sidenor no había cometido "irregularidad alguna en las ventas de acero a Israel", ya que el acero fabricado por Sidenor y exportado a Israel no figuraba "entre los productos sometidos a un control especial por parte de la administración".

(Habrá ampliación)

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