BILBAO, 11 Dic. (EUROPA PRESS) -
El área de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Barakaldo ha paralizado durante un año la implantación de nuevos crematorios en el municipio vizcaíno.
En un comunicado, el concejal delegado del área de Vivienda, Planificación y Gestión Urbanística, Juan Antonio Pizarro, ha señalado que la decisión se ha tomado al amparo del artículo 85.1 de la Ley 2/2006 de suelo y urbanismo de la Comunidad Autónoma Vasca.
Ese artículo dice textualmente que "las administraciones competentes (en este caso el Ayuntamiento de Barakaldo) para la aprobación inicial de los planes urbanísticos, podrán acordar la suspensión por el plazo máximo de un año del otorgamiento de toda clase de aprobaciones, autorizaciones y licencias urbanísticas para ámbitos o usos determinados, a los efectos de la elaboración o, en su caso, la modificación o revisión de dichos planes desde su aprobación inicial, en todo caso, o desde la adopción del acuerdo de formulación del avance.
Pizarro ha señalado que el actual Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 1999 no contiene previsiones claras reguladoras de la autorización e implantación de crematorios, teniendo en cuenta las "singulares afecciones" derivadas de este tipo de actividad, como emisiones, impacto ambiental o la necesaria distancia respecto a zonas residenciales y dotaciones y equipamientos sensibles".
Por este motivo, ha explicado que el Ayuntamiento considera "imprescindible" revisar la normativa urbanística para establecer criterios específicos que garanticen la protección de la salud pública, "y así lo haremos en el nuevo Plan General de Ordenación Urbana en el que ya trabajamos", ha reiterado.
PGOU
La suspensión temporal permitirá al consistorio trabajar en el PGOU, incorporando una regulación detallada sobre la ubicación de instalaciones funerarias de este tipo, así como los requisitos técnicos y medioambientales que deberán cumplir.
"Debemos asegurar que cualquier actividad potencialmente sensible cuente con un marco jurídico claro y actualizado, que ofrezca seguridad tanto a la ciudadanía como a los promotores", ha subrayado el concejal.
Por lo tanto, mientras dure la suspensión, el Ayuntamiento no podrá conceder licencias relacionadas con crematorios en el ámbito afectado. Una vez finalizada la revisión urbanística, el consistorio retomará la tramitación ordinaria, aplicando ya los nuevos criterios que se establezcan en el planeamiento.
Asimismo, se entiende que la legislación sobre salud mortuoria del Gobierno Vasco debería adaptarse a las recomendaciones recogidas en la Guía de Consenso sobre la Salud Mortuoria del Ministerio de Sanidad en la que ha participado los técnicos del Ejecutivo vasco.
En ellas, se indica que "no deberá haber núcleos poblacionales o espacios vulnerables en el radio de 200 metros a partir del foco de emisión que constituye la chimenea del crematorio, entendiendo como espacios vulnerables aquellas zonas de residencia o de actividad con una permanencia importante de la población que, por su proximidad al horno crematorio, puede verse afectada por sus emisiones (entre otras, zonas donde hay viviendas o esté previsto que las haya, las residencias de la tercera edad, los centros sanitarios y educativos, los parques infantiles o las instalaciones deportivas).
Por ello, mientras la citada legislación no sea modificada y estando en pleno proceso de revisión del PGOU, desde el área de Vivienda entienden que "se debe de evitar la instalación de los mismos en áreas con población vulnerable". Por ello, de acuerdo a la norma "han parado la instalación de estas actividades a la espera de la regulación de sus usos en el nuevo PGOU".