Los ayuntamientos deberán limitar aforos de las playas y los grupos serán de un máximo de seis no convivientes

Archivo - Una playa en A Mariña durante el pasado verano.
Archivo - Una playa en A Mariña durante el pasado verano. - Carlos Castro - Europa Press - Archivo
Publicado: jueves, 18 marzo 2021 12:46

   La Xunta publica, de cara a Semana Santa, la regulación en estos espacios, donde la mascarilla será obligatoria excepto para bañarse o permanecer tumbado

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 18 Mar. (EUROPA PRESS) -

   De cara a los días festivos de Semana Santa, la Consellería de Sanidade ha incluido en la orden de medidas de prevención de la covid-19 que entra en vigor este viernes la regulación del uso de playas, donde, como ocurrió durante el pasado verano, los respectivos ayuntamientos deben limitar los aforos para garantizar la distancia de seguridad y se ciñen los grupos al máximo de seis personas, en caso de ser no convivientes.

   En concreto, la orden publicada en el DOG de este miércoles recuerda que "el ayuntamiento respectivo deberá establecer limitaciones tanto de acceso como de capacidad" en las playas, con el objetivo de asegurar que se pueda mantener en ellas la distancia de seguridad.

   Para calcular esta capacidad máxima, se considera que la superficie de playa que va a ocupar cada usuario será, al menos, de cuatro metros cuadrados.

   Del mismo modo, la situación de los objetos personales, como toallas o hamacas, "se llevará a cabo de forma que se pueda mantener la distancia de seguridad" con respecto a otros usuarios. Se respetará, además, el límite máximo de seis personas por grupo, excepto en el caso de convivientes.

   La mascarilla debe utilizarse para todos los desplazamientos --entradas, salidas y paseos-- y únicamente podrá quitarse durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado sin desplazarse y haya distancia de seguridad entre no convivientes.

TIEMPO LIBRE

   Al igual que en la anterior normativa, se podrán realizar actividades de turismo al aire libre organizadas por empresas habilitadas. Para ellas, se amplían los aforos, ya que podrán ser de un máximo de ocho personas más el monitor, sean o no convivientes.

   En los centros de interpretación y visitantes, aulas de naturaleza, casetas y puntos de información de la red de espacios protegidos no se podrá exceder el 50 por ciento de su capacidad y se respetará el máximo de seis personas en las actividades de grupo, sean o no convivientes.