Condenan al Sergas a pagar18.000 euros por la muerte de una anciana

Europa Press Galicia
Actualizado: lunes, 19 enero 2015 11:06

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 Ene. (EUROPA PRESS) -

   Un juzgado de lo Contencioso de Santiago ha condenado al Servizo Galego de Saúde (Sergas) a indemnizar con 18.000 euros a los dos hijos de una paciente de 70 años que falleció en el Hospital Clínico compostelano, por falta de consentimiento informado e historia clínica incompleta.

   Así lo ha informado la Asociación El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han tramitado esta demanda por hechos sucedidos en el año 2003 cuando la paciente fue ingresada en noviembre en el CHUS por sufrir una peritonitis.

   Tras fallar la primera cirugía, según relata la asociación, se reintervino a la paciente, que falleció en el hospital "tras una  prolongada estancia y habiendo adquirido varias infecciones nosocomiales que no pudo superar", añade.

   La sentencia recoge los argumentos del abogado de El Defensor del Paciente, Cipriano Castreje, que señalaba que el hecho de que exista documento de consentimiento informado para la anestesia y la referencia a la urgencia de las dos intervenciones, "no son datos suficientes para evidenciar la existencia de información válida y suficiente, no constando en ninguno de los dos casos documento de consentimiento informado para cada intervención".

   Así, indica que no resulta "acreditada la existencia de la necesaria información o de un proceso de diálogo respecto del grave estado de la paciente". Y subraya la "no constancia en la historia clínica de la paciente obrante en el expediente ni de todas las hojas de enfermería, ni todas las hojas de evolución médica, ni todas las hojas de farmacología, del 7 de diciembre de 2003 al 17 de diciembre de 2003".

   "De todo lo expuesto se concluye que en este caso la Administración no ha cumplimentado la carga probatoria de que el consentimiento informado se haya prestado en los términos previstos en la ley, no habiendo probado la concurrencia de información suficiente y de calidad, ni de forma documentada ni de forma oral, respecto de las posibles riesgos y complicaciones, siendo que ha existido un resultado lesivo, concurriendo una daño moral por la ausencia de consentimiento informado para las dos intervenciones quirúrgicas realizadas, daño moral que debe de ser indemnizado", destaca la asociación.

PATOLOGÍAS DE BASE

   Además, sobre la indemnización, la asociación indica que "el baremo es orientativo y no vinculante" y "se trata de una indemnización por el daño moral ocasionado por la falta de consentimiento informado válido y suficiente".

   La paciente tenía 70 años y padecía una "grave patología de base", peritonitis, con un "estado de salud delicado". Por ello, la sentencia señala que, dadas estas patologías previas, fija una indemnización total de 18.000 euros.

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