Condenan al Sergas a pagar 54.000 euros por retraso diagnóstico

Actualizado: viernes, 23 mayo 2014 8:45
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A CORUÑA, 23 May. (EUROPA PRESS) -

   El Servizo Galego de Saúde (Sergas) ha sido condenado a abonar 54.000 euros por retraso en diagnóstico en la detección de una enfermedad inflamatoria pélvica a una paciente de 32 años tras haber acudido, al menos cinco veces, por urgencias al Complexo Hospitalario Universitario A Coruña (Chuac).

   Así lo señala la Asociación El Defensor del Paciente, que indica que, mediante sentencia del Juzgado Contencioso de Santiago de Compostela, L.S.F., de 32 años de edad, deberá ser indemnizada en la suma de 54.000 euros por retraso diagnóstico en la detección de una enfermedad inflamatoria pélvica (EIP).

   Como consecuencia de dicho retraso, según explica El Defensor del Paciente, "la paciente sufrió varias intervenciones quirúrgicas que le generaron un grave daño", cuando la enfermedad que padecía "podría haber sido solucionada con tratamiento farmacológico", añade.

   La paciente acudió a El Defensor del Paciente y, a través de sus servicios jurídicos en Galicia, el abogado Cipriano Castreje formuló una demanda, que ha sido resuelta concediendo a la paciente la suma de 54.000 euros.

   Los hechos sucedieron cuando la paciente acudió a consulta el 7 de noviembre de 2006 por dolor en fosa ilíaca derecha. "Y no consta que se le hiciese exploración ginecológica, ya que con una simple  exploración bimanual, se hubiera comprobado que era portadora de una enfermedad inflamatoria pélvica", recuerda la asociación. "Si en ese momento se hubiese diagnosticado la EIP, se podría haber tratado oportunamente el caso con antibioterapia", abunda.

   El 9 de noviembre de 2006, según relata El Defensor del Paciente, "de nuevo no se explora adecuadamente a la afectada, y a pesar del signo inequívoco de infección es dada de alta con diagnósticos tan dispares como lumbalgia aguda, contractura muscular o cólico nefrítico".

SECUELAS

   El abogado Cipriano Castreje ha señalado que "la cadena de errores" que manifiesta el perito ginecólogo y que dieron lugar a que "la EIP se presentara como severa" cuando acude por quinta vez al Chuac, "se podría haber evitado si alguien hubiera realizado en la primera visita una simple ecografía abdominal, donde se habría detectado la existencia de un absceso tubo-ovárico derecho".

   "Ha sido la Administración sanitaria la que, con la mala praxis del personal a su servicio, ha provocado que la EIP no fuese tratada en un estado temprano con antibioterapia, sino que hubo que acudir a la cirugía radical y mutilante para salvarle la vida a la paciente, que quedó con secuelas estéticas y otras que afectarán al curso de salud el resto de su vida, y condicionarán, incluso, la posibilidad de poder ser madre", concluye la asociación