Admitido un segundo informe del abogado del maquinista de Angrois

Ofrenda ante la curva de Angrois, un mes después del accidente
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 18 junio 2015 19:08
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   La pericial determina que la falta de evaluación del riesgo de error humano fue la causa "subyacente" del accidente

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 18 Jun. (EUROPA PRESS) -

   El juez que instruye la causa por el accidente de Angrois, Andrés Lago Louro, ha admitido a trámite ahora un segundo informe que la defensa del maquinista había presentado en abril, relativo a la estudio de la influencia de los factores humanos en el descarrilamiento del tren Alvia que ocasionó 80 muertes en julio de 2013.

   En él, la investigadora Pilar Calvo Holgado determina que la falta de evaluación de riesgos de error humano en la puesta en servicio de la línea Ourense-Santiago (tras su modificación) y en la realización de un cambio significativo para la seguridad (como fue la desconexión del sistema 'ERTMS' para los trenes Alvia S-730) fue la causa "subyacente" del siniestro.

   El documento, al que ha tenido acceso Europa Press, consta de más de 150 páginas y está elaborado por esta licenciada en Psicología, máster en Ergonomía y experta en Fiabilidad Humana, actualmente directora de proyectos del Instituto de Investigación en Seguridad y Factores Humanos (ESM).

   La admisión ha sido notificada a las partes mediante una providencia del magistrado con fecha del pasado 10 de junio, día, precisamente, en el que el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago atendió a las declaraciones de los tres peritos judiciales nombrados en la causa por el siniestro ferroviario que provocó 80 muertes en julio de 2013.

   Entonces, el abogado que representa al maquinista criticó ante los medios de comunicación el hecho de que todavía no hubiese recibido respuesta por parte del juzgado, transcurridos dos meses desde la remisión del estudio.

EL LAPSUS, "UNA CONSECUENCIA Y NO UNA CAUSA"

   El mismo arroja luz sobre los factores humanos y organizacionales del descarrilamiento, y determina que "no se puede exigir una conducta eficaz y segura al maquinista que fue víctima del accidente (...) cuando objetivamente las condiciones en las que tenía que desempeñar su trabajo tenían una alta probabilidad de fallo humano".

   En este sentido, sentencia que, si bien las probabilidades de fallo humano "ya eran altas de partida", se incrementaron ante la orden de desconexión del citado sistema de control de velocidades.

   Esta es la segunda pericial aportada por parte del letrado Manuel Prieto, que defiende a Francisco José Garzón Amo, en este momento único imputado en el caso y que aquel día conducía despistado después de atender una llamada telefónica del interventor cuando tomó la curva de A Grandeira.

   "Dicho lapsus habría sido una consecuencia, y no una causa, teniendo en cuenta el diseño, puesta en servicio, normativa interna y gestión de la operación", concluye Pilar Calvo Holgado, quien el pasado 22 de abril compareció en la subcomisión de Fomento creada en el Congreso de los Diputados para abordar el sistema ferroviario español a raíz del siniestro de Angrois.

   Junto a la aceptación de este informe presentado ya en abril, el juez, en la misma providencia, da por presentados un escrito del perito judicial Juan Carlos Carballeira y varios de abogados de los afectados que se personan a título individual o aclaran su representación al margen de la asociación de afectados Apafas.

"NO EXISTÍAN BARRERAS PARA EVITAR EL FALLO"

   La experta sostiene que no se le podía "exigir una conducta eficaz y segura al maquinista" puesto que debía trabajar en unas condiciones que contemplaban "una alta probabilidad de fallo humano".

   Dicha alta probabilidad la extrae del examen de toda una serie de condicionantes, como que "no existían barreras para evitar el fallo humano y tampoco para impedir que este, si se materializaba, llegara a convertirse en un accidente".

   En 'Accidente organizacional ferroviario del Alvia 150/151 en la curva bifurcación A Grandeira (Santiago de Compostela) el 24 de julio de 2013', la autora destaca que la normativa interna de las organizaciones "no era la adecuada para garantizar la seguridad de la línea".

   Además, entiende que "la omisión" de la evaluación de riesgos de fallo humano "generó las condiciones latentes para dicho accidente". "Era previsible para la organización la peligrosidad que entrañaba poner en servicio la línea 082 con la curva de Angrois sin ningún sistema de protección", asevera.

   Asimismo, indica que la velocidad excesiva "era una circunstancia facilitada y permitida por la propia infraestructura y condiciones de circulación", y critica que "ni un solo criterio de seguridad" tuvo en cuenta el elemento humano.

   Junto a esto, recuerda que "no se tuvieron en cuenta informes previos sobre el mismo riesgo", por las notificaciones de peligros como la efectuada por un jefe de maquinistas.

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