Marina Castaño no elude por ahora el jurado popular

Marina Castaño acude a declarar a los juzgados de Padrón
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 10 marzo 2016 18:31

   La jueza recuerda que la Fundación "percibió dinero público que no fue destinado para el fin para el que fue concedido"

   SANTIAGO DE COMPOSTELA, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -

   El Juzgado de Instrucción número dos de Padrón ha desestimado los recursos de reforma interpuestos por Marina Castaño y el que era gerente de la Fundación Camilo José Cela, Tomás Cavanna, contra el cierre de la instrucción de esta causa, que a priori será juzgada por un tribunal del jurado --conocido también como jurado popular--.

   Contra esta resolución, que viene a confirmar el auto emitido el día 15 de febrero que cerró la instrucción, todavía cabe el recurso de apelación, de manera que la Audiencia Provincial de A Coruña es la que ahora tiene que ratificar el auto relativo a este caso, en el que permanecen como investigadas cuatro personas (Castaño y Cavanna, junto con el exconselleiro de Contas Dositeo Rodríguez y su hija, Covandonga Rodríguez).

Marina Castaño había solicitado la nulidad del auto alegando, en primer lugar, que se había producido vulneración de derecho a la tutela judicial efectiva por atribuirle un delito de malversación de caudales públicos, que deber se "cometido por un funcionario". Sin embargo, la jueza recuerda que la Fundación Camilo José Cela "percibió dinero público que no fue destinado para el fin para el que fue concedido, si no que se ha empleado para otros fines distintos".

   En este sentido, cita la "contratación" de Rubén Darío V.M. como ordenanza de la fundación "cuando en realidad se trataba de un trabajador al servicio personal" de Marina Castaño y que "prestaba sus servicios en el domicilio" de la viuda del Nobel, lo cual fue reconocido por el propio trabajador en su declaración judicial en el marco de la instrucción.

USO DINERO PÚBLICO PARA FINES AJENOS

   Además, la jueza también recuerda también una de las cuestiones centrales que se investigan, y que es la relativa al despido de Tomás Cavanna, del cual sospecha que fue "simulado". Por esta rescisión cobró una indemnización de 150.000 euros de fondos públicos, "siendo consciente la señora Castaño, como presidenta de la fundación, de que no se trataba de un despido, sino que él había decidido voluntariamente abandonar la fundación".

   De hecho, en el auto de cierre de instrucción por este caso, que se inició a raíz de una denuncia de la vecina de Iria Flavia (Padrón-A Coruña) Lola Ramos, la jueza apunta que se le pagó la indemnización cuando "en realidad la fundación no quería prescindir de los servicios, sino que era éste el que quería dejar de trabajar", como sostiene sobre la base de un intercambio de correos electrónicos.

   "De la instrucción existen indicios de que Marina Castaño, en el ejercicio de su cargo como presidenta de la Fundación Cela, empleó dinero público para usos distintos para los que dicho dinero fue concebido, por lo que siendo responsable de la correcta aplicación de las ayudas y subvenciones públicas (la fundación acabó por ser rescatada por la Xunta de Galicia con dinero público), existen indicios de que puede ser responsable de la posible comisión de un delito de malversación de caudales públicos", añade la instructora.

CIERRE INSTRUCCIÓN

   La instructora recuerda en el auto de cierre de instrucción que, según la documentación disponible, Tomás Cavanna "reconoce ya en vida de Camilo José Cela que quería abandonar la fundación, pero siguió prestando sus servicios por petición expresa" del Nobel.

   "Llama la atención que el señor Cavanna presente su dimisión en la reunión del patronato de la fundación celebrada el 30 de noviembre de 2009, cuando según el acta de dicha reunión se informa por el señor Cavanna que la fundación se encuentra en números rojos desde el 22 de noviembre", apunta en un auto anterior la jueza, en el que desestimó el sobreseimiento de la causa ante un recurso presentado por los investigados.

   En él, también añade que "no se entiende el motivo por el que, si antes del fallecimiento de don Camilo José Cela (2002) tenía la intención de abandonar la fundación, el señor Cavanna esperó hasta 2009, momento en el que la fundación atravesaba una precaria situación económica para dejar de prestar sus servicios".

   Por otro lado, en el mismo auto en el que rechaza el sobreseimiento de la causa, la jueza indica que "a pesar de que Covadonga Rodríguez y Dositeo Rodríguez eran conocedores de la situación económica de la fundación, colaboraron con Marina Castaño y Tomás Cavanna para que éste cobrase una indemnización por despido que no le correspondía".

   En el auto de cierre de instrucción, la jueza explica que del estudio de la documentación y de la declaración de los investigados y testigos "resultan indicios suficientes de la participación de los investigados": Marina Castaño, Tomás Cavanna (exgerente de la fundación), y Dositeo Rodríguez (exconselleiro, excandidato del PP a la Alcaldía de Santiago y hasta hace poco miembro del Consello de Contas) y Covadonga Rodríguez (hija de Dositeo Rodríguez y subdirectora de la fundación).

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