Archivo - 11 May 2020, Spain, Palma: A waitress serves coffee to two guests on the terrace of a bar in Palma, as restrictions imposed to contain the spread of the novel coronavirus are gradually lifted. Photo: Clara Margais/dpa - Clara Margais/dpa - Archivo
PALMA, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha dictado este miércoles un auto en el que deniega las medidas cautelares solicitadas por varias personas físicas y jurídicas vinculadas al sector de la restauración para reabrir la actividad.
Según han señalado desde el TSJIB, contra la resolución se puede interponer recurso de reposición.
El Tribunal argumenta que el artículo 130.2 de la Ley reguladora, dispone que la medida cautelar podrá denegarse cuando de ésta pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales o de un tercero que el juez o Tribunal ponderará de manera circunstanciada.