Abogado general del TUE dice que no puede descartarse una euroorden porque existan recursos sobre tratos inhumanos

Tribunal de Justicia de la UE
G.FESSY/TUE - Archivo
Publicado: miércoles, 4 julio 2018 15:17

BRUSELAS 4 (EUROPA PRESS)

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Manuel Campos Sánchez-Bordona, ha propuesto este miércoles que este organismo declare que la existencia en el país que emite una orden de detención europea de recursos judiciales "contra eventuales tratos inhumanos o degradantes" permite "descartar el riesgo" de que el condenado sufra esos tratos si es entregado, por lo que esta situación no puede "justificar la no ejecución de esa orden".

"La existencia de recursos judiciales internos que garanticen de modo efectivo, en la práctica, la tutela del derecho a no padecer tratos inhumanos o degradantes en las condiciones de detención constituye un factor especialmente relevante para descartar el riesgo de sufrir esos tratos a causa de deficiencias sistémicas o generalizadas que afecten a ciertos grupos o a ciertos centros de reclusión", dice el texto.

En cualquier caso, las conclusiones del abogado general Sánchez-Bordona son preliminares y no vinculan a la futura sentencia que tendrá que dictar un juez del tribunal con sede en Luxemburgo en los próximos meses.

Así, el letrado insiste en que la información relevante para apreciar si el condenado corre el riesgo de sufrir tratos inhumanos o degradantes "como consecuencia de sus condiciones de detención singulares ha de recabarse y recibirse, en principio, de la autoridad judicial de emisión", a la vez que recuerda que "la piedra angular del sistema de entrega entre autoridades judiciales es el reconocimiento mutuo" y la "confianza recíproca" entre sistemas judiciales europeos.

"Antes de decidir que no va a continuar el procedimiento de entrega, (la autoridad del país que recibe la euroorden) deberá valorar si la información con la que cuenta le permite descartar el riesgo de tratos inhumanos o degradantes" en el centro penitenciario al que se vaya a trasladar al condenado y no en el sistema penitenciario en su conjunto, dice Sánchez-Bordona.

En ese sentido, la euroorden solo podrá ser rechazada, según el abogado general del TUE, "si la autoridad judicial emisora no facilita a la autoridad judicial de ejecución la información requerida por ésta para poder pronunciarse sobre la entrega".

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