El 80% de los edificios obligados a pasar la ITE en la capital ya lo han hecho en la primera década de vida del servicio

Europa Press Madrid
Actualizado: martes, 11 mayo 2010 19:14

MADRID 11 May. (EUROPA PRESS) -

El 80 por ciento de los edificios obligados a pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) ya lo han hecho, como confirmó el Ayuntamiento de Madrid al cumplirse los diez años de vida de este servicio pionero que después ha sido imitado en otras ciudades españolas.

En el caso del 20 por ciento restante, se ha procedido a requerir a los propietarios para que pasen esta inspección y, de no hacerlo, se instruirá el correspondiente expediente sancionador. En los casos de urgencia, no obstante, el Ayuntamiento de Madrid actúa de forma subsidiaria.

La ITE nació en el año 2000, tras la entrada en vigor de la Ordenanza Municipal de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones. De su control y gestión se encarga el área de Urbanismo y Vivienda mientras que de la concesión de subvenciones se ocupa la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS).

En su primera década de vida, la ITE ha efectuado hasta 115.249 requerimientos a propietarios de edificios para que efectúen los preceptivos controles orientados a la conservación del patrimonio edificado y la prevención de posibles desperfectos.

A día de hoy, los expedientes presentados a la ITE suponen más del 60 por ciento del patrimonio edificado de la ciudad. La mayor parte de las deficiencias que se detectan a través de la Inspección Técnica tienen que ver con el acondicionamiento de fachadas interiores, exteriores y medianeras aunque se ha observado una notable mejora de las condiciones del patrimonio arquitectónico, a la vista de la disminución de los problemas de estructura y cimentación. Estos representan sólo el 12 por ciento de los casos, como detalló el Ayuntamiento.

Desde el Consistorio puntualizaron que la ITE certifica el estado de conservación del edificio en el momento de realizarse pero no se puede considerar como un certificado que garantice que el bloque inspeccionado no vaya a presentar desperfectos o deficiencias en los siguientes diez años. En este sentido, la Ordenanza señala que el propietario es el responsable del estado de conservación de su edificio de manera permanente.

Por otro lado, en este 2010 se cumple la finalización de la primera fase de la ITE, que se ha centrado en los edificios con una antigüedad superior a 30 años. Ahora comienza la segunda revisión de los inmuebles que pasaron la primera inspección en el año 2000. Un total de 19.102 edificios catalogados o declarados de interés histórico-artístico deben someterse a esta segunda inspección.

Asimismo, junto a los edificios obligados a pasar la segunda vuelta, este año otros 1.266 construidos en 1979 deberán pasar la ITE por primera vez, para lo que el Ayuntamiento ha enviado ya las correspondientes notificaciones a los propietarios, informándoles de los plazos.

Para ayudar a los vecinos a cumplir este deber de conservación, la EMVS concede ayudas para que se lleven a cabo las obras derivadas cuando la ITE ha dado un resultado desfavorable. Se trata de ayudas exclusivamente municipales y dependen del grado de protección del edificio y de la situación económica de los vecinos. Pueden oscilar entre los 3.600 y los 7.215 euros por vivienda.

Desde que se puso en marcha esta línea de ayudas, en el año 2001, la EMVS ha concedido subvenciones a 55.328 viviendas y 4.979 locales. El importe total superó los 25,4 millones de euros. Esta ayuda supone entre el 10 y el 15 por ciento del coste de las obras de rehabilitación.

El procedimiento para realizar la Inspección Técnica de Edificios se inicia con una notificación municipal en la que se informa a la comunidad de propietarios de la obligación de pasar la ITE. Se tiene que realizar en el plazo establecido mediante la contratación de un técnico competente y, posteriormente, hay que presentar en el Ayuntamiento un certificado acreditativo del resultado de la inspección.

Si la certificación es desfavorable, se notifica al Departamento de Control de la Edificación de Urbanismo aquellas que presentan daños estructurales, y a la Junta de Distrito, las restantes. Estos departamentos municipales se encargan de comprobar que las comunidades piden las licencias y realizan las obras especificadas en la certificación. Si éstas no se llevan a cabo, se dicta orden de ejecución, y de no cumplirse, pueden llegarse a efectuar por el Ayuntamiento mediante acción sustitutoria, a costa del interesado.

Contenido patrocinado