Correa se opone a las pruebas solicitadas por la defensa del juez ante el TS por "irrelevantes" y "absurdas"

Actualizado: jueves, 4 noviembre 2010 19:31

La acusación particular por el caso de las escuchas de "Gürtel" pide que se inhabilite a Garzón por 17 años

MADRID, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

La representación letrada del principal acusado en el "caso Gürtel", Francisco Correa, ha remitido hoy un escrito al Tribunal Supremo oponiéndose a la realización de determinadas diligencias de prueba que han sido solicitadas por Baltasar Garzón en la causa en la que se le investiga por un delito de prevaricación y otro contra las garantías constitucionales, por intervenir conversaciones mantenidas en prisión entre los cabecillas de la trama y sus abogados.

En contra del criterio de la Fiscalía, que hoy ha pedido al instructor del caso --el magistrado Alberto Jorge Barreiro--, que practique dichas pruebas antes de dar por concluida la investigación, el abogado de Correa, José Antonio Choclán, califica la petición de Garzón de "irrelevante" y "absurda".

Según manifiesta esta parte en su escrito de contestación al recurso de Garzón, al que ha tenido Europa Press, no resulta necesaria la comparecencia como testigo del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) Antonio Pedreira, que es quien instruye el "caso Gürtel" en la actualidad.

Ese testimonio no podrá versar sobre el objeto de la causa, según esta parte, ya que Pedreira comenzó a instruir "Gürtel" en un momento "posterior a la consumación de los hechos atribuidos a Garzón", no ha tenido "conocimiento alguno extraprocesal" de los mismos y toda su actuación judicial "se encuentra documentada".

Además de la mencionada declaración de Pedreira, la defensa interesaba la declaración de Ignacio Peláez, ex fiscal y abogado defensor del empresario José Luis Ulibarri (imputado en Gürtel), que fue quien presentó inicialmente la querella contra Garzón. El abogado de Correa no comprende "la necesidad de oír en declaración al querellante".

¿HA HABIDO OTRAS ESCUCHAS?

Asimismo, esta parte califica de "absurda" la petición por parte de la defensa de Garzón a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para que, con referencia a los últimos cinco años, le remitiera todas las sentencias "que hayan anulado resoluciones judiciales por las que se hubieran acordado la observación de las comunicaciones orales de todo orden y naturaleza".

Afirma en este punto que sería más interesante para la causa "la estadística de resoluciones judiciales que acordaran la observación de las comunicaciones mantenidas entre internos y todos los abogados que les visitaran (...) mediante la colocación de artificios técnicos de escucha en los locutorios de un centro penitenciario, y que hubieran sido declaradas nulas por el tribunal competente por resultar ilícitas y lesivas del derecho de defensa".

ESCRITO DE ACUSACIÓN

En su escrito de calificaciones provisionales, que esta parte ha remitido también este jueves al Tribunal Supremo, se solicita la apertura de juicio oral por estos hechos y la imposición al titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de quince años de inhabilitación especial y 3.240 euros de multa por un delito de prevaricación judicial continuada, más otros dos años de inhabilitación por el delito presuntamente cometido por el juez de la Audiencia Nacional "contra las garantías constitucionales".

Considera esta parte que únicamente una errónea concepción del sistema de garantías constitucionales pudo llevar a Garzón a intervenir las comunicaciones de los internos y sus abogados en el locutorio destinado al efecto, sin que ello dependa de que se aprecien indicios incriminatorios contra los citados letrados.

Recuerdan que el juez "se encuentra sometido al imperio de la Ley y la Constitución, y el legislador ha establecido unos presupuestos estrictos para la válida restricción de un derecho fundamental, incluso sancionando penalmente la omisión de las garantías necesarias para que la lesión del derecho sea válida constitucionalmente".

DURAS CRÍTICAS AL JUEZ

En el auto en el que daba por finalizada la instrucción, el magistrado Jorge Barreiro cargaba contra el juez suspendido de la Audiencia Nacional y aseguraba que, al permitir las escuchas, lesionó "uno de los principios básicos del sistema penal, retrotrayéndonos a un estatus procesal anterior al Estado de Derecho".

La defensa del juez considera sin embargo que el derecho de defensa de los imputados de "Gürtel" quedó preservado cuando, una vez conocidos los resultados, Garzón inmediatamente expurgó de la causa todos aquellos elementos particulares que formaban parte del núcleo esencial de dicho derecho.