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MADRID, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -
Un juzgado de Torrejón de Ardoz ha desestimado un recurso presentado por el PSOE contra la decisión que impedía su personación como acusación popular en las diligencias relacionadas con el caso del Hospital de Torrejón, una causa que ya quedó archivada el pasado mes de junio.
En un auto, al que tuvo acceso Europa Press, la titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz confirma el decreto de 9 de abril de 2026, que había inadmitido la personación del PSOE como acusación popular. La resolución establece además que contra esta decisión "no cabe recurso alguno".
El procedimiento se inició a raíz de una querella presentada por Podemos en relación con presuntas irregularidades en la gestión del Hospital por parte de Ribera Salud, a raíz de unos audios en los que su entonces consejero delegado, Pablo Gallart, hablaba de aumentar las listas de espera y priorizar determinados procesos en función de su rentabilidad económica.
El juzgado recuerda que esa querella fue inadmitida a trámite mediante un auto de 12 de enero de 2026 y que dicha decisión fue recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Según explica la magistrada, mientras estaba pendiente ese recurso de apelación, que tenía efectos suspensivos, no podía acordarse ninguna actuación en el procedimiento. Por este motivo, el juzgado había rechazado la personación del PSOE como acusación popular a la espera de que resolviera la Audiencia Provincial.
LA AUDIENCIA CONFIRMÓ EL ARCHIVO
El auto señala que, entretanto, la Audiencia Provincial de Madrid dictó el 16 de junio de 2026 una resolución por la que confirmó la inadmisión a trámite de la querella de Podemos.
La instructora subraya que esa resolución supone que el procedimiento quedó "archivado de forma definitiva" al tratarse de una resolución firme. Por ello, considera que ya no existe un procedimiento penal abierto al que puedan incorporarse nuevas denuncias o personaciones.
En este sentido, el juzgado precisa que si alguna de las partes considera que existen hechos nuevos que deben ser investigados, deberá presentar una nueva denuncia o querella, ya que no pueden acumularse al procedimiento anterior, que ha quedado definitivamente archivado.
Con estos argumentos, la magistrada concluye que la decisión recurrida se ajustaba a Derecho y desestima el recurso de revisión presentado por el PSOE, manteniendo en sus propios términos el decreto de abril.