MADRID 2 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de varias parcelas de Chamartín en el Registro de la Propiedad a favor del Ayuntamiento de Madrid por falsedad continuada en documento oficial realizada por un funcionario público.
En una sentencia hecha pública hoy, el Alto Tribunal desestima los recursos de casación interpuestos contra una sentencia de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, dictada en diciembre de 2009.
Esta sentencia condenó a 4 años y seis meses de prisión a Francisco José Buendía Lázaro, ex ingeniero jefe de la Delegación Regional en el Instituto de Geografía Nacional, y a Ana María Cabellos por un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito continuado de estafa.
Los hechos juzgados fueron denunciados en 1989 por una vecina de Chamartín ante la Fiscalía Anticorrupción contra Buendía Lázaro, quien de común acuerdo con los condenados firmó y emitió siete cédulas parcelarias en las que se hacía constar con falsedad que Manuel Ballesteros aparecía como titular catastral de las parcelas situadas en las inmediaciones de la Estación de Chamartín.
Ballesteros vendió las escrituras a Winkel 5 S.A., cuyo objetivo social era la promoción y ejecución de negocios inmobiliarios. Con las parcelas escrituradas, los condenados inscribieron las parcelas en el registro de la propiedad en un expediente de expropiación de terrenos a favor del Ayuntamiento de Madrid, que obtuvo 315.265.907 millones de pesetas.
"Todo fue un negocio planificado por los acusados en beneficio de Winkel que cobró unas cantidades importantes, como consecuencia de haberse atribuido falsamente la propiedad de los inmuebles, valiéndose de las mencionadas cédulas parcelarias", recoge la sentencia del Supremo.