El TS prorroga por un mes el secreto de los documentos sobre las escuchas de "Gürtel" en prisión

Actualizado: viernes, 30 julio 2010 14:42

MADRID, 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

El magistrado del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro, que instruye la querella contra Baltasar Garzón por presuntos delitos de prevaricación y contra las garantías de la intimidad por intervenir conversaciones mantenidas por los cabecillas de la trama "Gürtel" con sus abogados en prisión, ha acordado prorrogar por un mes el secreto la documentación que le ha sido remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sobre este asunto.

El auto dado a conocer este viernes justifica la prórroga en el hecho de que el instructor del "caso Gürtel" en el TSJM, Antonio Pedreira, mantenga por el momento el secreto de los documentos en la causa que investiga la presunta trama corrupta.

"Con el fin de no perjudicar la instrucción que se tramita en ese tribunal, se debe continuar manteniendo el secreto de dicha pieza en los mismos términos acordados en el reseñado auto", señala Jorge Barreiro.

A finales del pasado mes de junio, el instructor del Tribunal Supremo abrió pieza separada con los documentos que le había remitido Pedreira sobre las intervenciones realizadas en la prisión de Soto del Real (Madrid) al número dos de la trama, Pablo Crespo, respecto de las que declara el secreto durante treinta días para todas las partes personadas excepto la Fiscalía.

La documentación afectada por el secreto incluye dos oficios del centro penitenciario de Soto del Real de marzo y abril de este año, un oficio de la UDEF de marzo de 2009 y el auto en el que Pedreira acordaba, el 20 de abril de ese mismo año, la prórroga de las intervenciones acordadas por Garzón.

Todas las intervenciones realizadas sobre las conversaciones que mantuvieron el cabecilla de la trama, Francisco Correa, y otros dos imputados con varios abogados en prisión fueron anuladas el pasado 25 de marzo por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que estimó que vulneraban el derecho de defensa de los implicados.

La querella admitida contra Garzón por este asunto fue interpuesta por el abogado Ignacio Peláez, que defiende al imputado en la trama "Gürtel" José Luis Ulibarri, y posteriormente se adhirió a ella el propio Correa. Garzón acumula tres querellas en el alto tribunal -a ésta se añaden otras dos por prevaricación por investigar sin competencias las fosas del franquismo y por su gestión de unos cursos en la Universidad de Nueva York- y fue suspendido en sus funciones el pasado mes de mayo.

PUNTOS DE LA QUERELLA

Peláez destaca en su querella determinadas actuaciones de Garzón, a su juicio irregulares durante la investigación del "caso Gürtel", del que el magistrado de la Audiencia Nacional se inhibió en marzo de 2009 favor del Supremo en el caso de dos aforados nacionales y de los tribunales superiores de justicia de Madrid y Valencia respecto al resto.

El abogado comienza señalando que en este caso se incumplieron las normas de reparto de la Audiencia Nacional, pues las diligencias fiscales que originaron el "caso Gürtel" fueron remitidas directamente a Garzón alegando su conexión con otra investigación preexistente (el denominado "caso BBVA") a pesar de lo cual el juez no abrió pieza separada sino unas diligencias independientes.

Además, Garzón habría tardado cinco días -entre el 27 de febrero y el 4 de marzo de 2008- en notificar a dos de los imputados cuyas conversaciones fueron intervenidas -Francisco Correa y Antonio Crespo-, que debían nombrar a otro letrado, al haber sido también imputado José Antonio López Rubal, que era el abogado que hasta entonces tenían nombrado.

Igualmente, según la querella, Garzón habría prorrogado la intervención de las comunicaciones en prisión el 20 de marzo de 2009, a pesar de que quince días antes ya se había declarado incompetente en esta causa e inhibido en favor de los tribunales superiores.

El Ministerio Fiscal se opone a la tramitación de esta causa contra el juez Garzón alegando que los hechos narrados en la querella no son constitutivos de delito y cuestionando incluso la legitimidad de Peláez para el ejercicio de la acción particular, puesto que las escuchas se aprobaron para las comunicaciones de los presuntos cabecillas (Francisco Correa, Pablo Crespo y Antoine Sánchez), que no son sus clientes, y entender por ello que esta acusación "ejerce derechos ajenos".

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