El TSJM tumba el intento del 'Rey del Cachopo' de modificar la sentencia que le condenó por matar a su pareja

Archivo - César Román, el 'rey del cachopo', en el juicio
Archivo - César Román, el 'rey del cachopo', en el juicio - EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: martes, 5 abril 2022 13:59


Alega que su batería de modificaciones "exceden notoriamente de lo que puede ser la petición de aclaración"

MADRID, 5 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado el intento de César Román, apodado el 'Rey del Cachopo', de modificar la sentencia que confirmó el pasado 8 de marzo la condena a 15 años de cárcel por el homicidio de Heidy Paz Bulnes en agosto de 2018.

En un auto de aclaración, al que tuvo acceso Europa Press, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal acuerdan que no ha lugar a la batería de modificaciones de la sentencia formuladas en el recurso presentado por su abogada, la letrada Ana Isabel peña.

Entre otros razonamientos jurídicos, la Sala arguye que esta pretensión "excede notoriamente de lo que puede ser la petición de aclaración de alguna expresión o concepto que puedan adolecer de oscuridad".

El pasado 8 de marzo, el TSJM desestimó el recurso de apelación presentado por Román, y confirmó la sentencia de la Sección 26 de la Audiencia Provincial, que le condenó a 15 años de cárcel por el homicidio de Heidy Bulnes, en agosto de 2018, con la concurrencia de las agravantes de parentesco y género.

En un auto de 13 páginas, la Sala razona que en cualquier caso todos los aspectos que la defensa del condenado considera que deben ser modificados podrán ser expuestos en el correspondiente recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza jurídica penal.

"Lo que no se nos puede pedir a través del cauce de la aclaración es que modifiquemos o ampliemos la argumentación de la sentencia en el sentido que pretende la parte que ha promovido este trámite de complemento', argumentan los magistrados.

MUERTE DESPUÉS DE LA AUTOPSIA

Entre los aspectos cuestionados, se encuentra uno que la Sala afirma que ni siquiera ha llegado a comprender. En concreto, se pide la rectificación de un error inexistente en la resolución que se solicita aclarar.

"Se dice que en la sentencia se afirma que según los forenses la muerte de la víctima se produjo cuatro días después de la autopsia. Y añade la defensa que nos hallamos ante un extremo importante", recoge el auto.

Según la Sala, en el escrito de aclaración se ha creado "sencillamente una versión irreconciliable con la literalidad de la sentencia" y agrega que en "ésta no se indica que la muerte se produjese después de la autopsia".

CORRECCIÓN MATERIAL

Tras rechazar una a una las modificaciones de fondo pretendidas por la defensa, la Sala sí que acuerda llevar a cabo una corrección en la sentencia de carácter puramente material en lo que afecta a la desautorización realizada por la defensa del laboratorio de la policía científica a la hora de llevar a cabo análisis de ADN mitocondrial de los restos biológicos hallados en el torso de la víctima, localizado en el interior de una maleta en una nave de Román.

Además, el tribunal se pronuncia sobre la petición de la devolución de los restos mortales (torso) de Heidy a sus familiares directos, formulada en este caso por la acusación particular, así como de la apertura de una pieza de investigación para la localización del resto del cadáver que no ha sido hallado.

Al respecto, la Sala entiende que es la Sección 26 de la Audiencia Provincial, el órgano en el que se celebró el juicio con Tribunal Popular, la competente para la resolución de estas alegaciones.