Multada por una falta de injurias tras comprarse unos zapatos y querer devolverlos una vez puestos

Actualizado: domingo, 29 agosto 2010 18:00

Llamó al servicio de seguridad racista tras echarla de un establecimiento de Nueva Condomina por alborotar

MURCIA, 29 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Sección número 2 de la Audiencia Provincial de Murcia confirma una sentencia del Juzgado de Instrucción número 7 de Murcia por un juicio de faltas hacia una mujer que insultó al servicio de seguridad del centro comercial Nueva Condomina tras comprarse unos zapatos, querer devolverlos una vez puestos y alborotar por ello tras la negativa de las dependientas del establecimiento.

Los hechos se remontan a julio de 2008 cuando sobre las siete de la tarde la acusada, V., compró unas sandalias, por importe de 18 euros, manifestando a las dependientas de la zapatería que deseaba llevárselas puestas, de modo que así ocurrió.

Al cabo de un rato, según reza la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, volvió a la zapatería manifestando que quería devolverlas, con devolución de su dinero, petición ésta a la que se le contestó por las dependientas que ello no era posible al estar ya usadas las mismas.

Por este motivo se inició una discusión que determinó que se llamara al servicio de seguridad del centro comercial, acudiendo L., quien al ver a la acusada en un estado de alteración le invitó a salir del establecimiento, gritandole ésta última que era una racista.

Así se condena a V. como responsable en concepto de autor de una falta de injurias a la pena de diez días multa, a razón de 2 euros de cuota diaria (total 20 euros).

La Sala señala que el término "racista", aisladamente valorado, no conlleva connotación degradante, y que ello puede invertirse en atención al contexto, al modo y forma en que se desarrolla el incidente.

En este caso concreto, apunta, "la expresión fue proferida en reiteradas ocasiones como venganza ante la cabal negativa de la dependienta a aceptar la devolución de unas zapatillas usadas, transmitiendo un claro ánimo de humillar, vejar y escarnecer públicamente a ésta, sobre todo por la condición de extranjera de la apelante, en un afán de evidenciar en un lugar comercial, concurrido y abierto al público lo mala persona que era aquélla que la discriminaba por razón de su raza árabe, dando lugar a que tuviera que intervenir los servicios de seguridad del establecimiento".

Leer más acerca de: