Las papeletas que contengan el nombre tachado de un candidato al Congreso que haya renunciado serán válidas

El Portavoz Del PSOE En El Ayuntamiento, Francisco Fernández
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 16 noviembre 2011 22:36

MADRID, 16 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) ha avalado el acuerdo de la Junta Provincial de León para dar validez a las papeletas electorales que contengan una tachadura sobre el nombre de unos de los candidatos al Congreso, siempre que éste haya renunciado o haya fallecido y este hecho haya sido comunicado en plazo al organismo arbitral competente.

En un acuerdo aprobado este miércoles, al que ha tenido acceso Europa Press, la JEC desestima el recurso que el PP presentó contra la citada decisión de la Junta Provincial de León. En esta circunscripción, el secretario general del PSOE leonés, Francisco Fernández, renunció a concurrir como número dos de la lista socialista al Congreso tras la polémica desatada en torno la prejubilación que obtuvo tras dejar el puesto de vicepresidente segundo de Caja España, cuyo importe alcanza los 520.000 euros.

El organismo arbitral ha ratificado la decisión de la Junta leonesa alegando que, al ser el renunciante un candidato al Congreso "no se produce una alteración en la lista", que la tachadura ha de interpretarse como "una mera corrección de error" y que, aunque ésta exista, el sentido del voto es "incuestionable".

Según recuerda, el Tribunal Supremo estableció en una sentencia que las papeletas en las que figure tachado el nombre de un candidato que ha causado baja "son válidas" cuando se trate de un aspirante que haya fallecido o renunciado y que esta circunstancia se haya comunicado en plazo a la junta electoral correspondiente. En estos casos, explica la JEC, "deberá entenderse como no puesto el nombre que de dicho candidato figure, incluido o tachado en las papeletas".