29-S.- El TS contará con servicios mínimos de tres funcionarios por sala y la AN con dos

Los jueces no tienen servicios mínimos establecidos

Cartel de Huelga general del 29-S
EP
Europa Press Nacional
Actualizado: martes, 28 septiembre 2010 20:14

MADRID, 28 Sep. (EUROPA PRESS) -

Con motivo de la huelga general convocada para este miércoles por los sindicatos, cada una de las cinco salas del Tribunal Supremo contará con tres funcionarios al menos como servicios mínimos, excepto la Sala del artículo 61 que tendrá dos, mientras que en la Audiencia Nacional, habrá dos funcionarios por sala y uno más por cada cuatro, exceptuando las salas de lo Penal, en las que tendrán que trabajar tres funcionarios.

Según la Resolución del 22 de septiembre de 2010, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia a la que ha tenido acceso Europa Press, "deben entenderse como servicios mínimos" las acciones "que afecten o puedan afectar a la libertad de las personas" tales como las causas con preso, las actuaciones sometidas a plazo que puedan causar una pérdida o perjuicio de derechos de carácter irreparable y las medidas cautelares o registro de asuntos.

En total, de los 450 trabajadores del Consejo general del Poder Judicial tendrán que asistir 33; del Tribunal Supremo, 22 y más el diez por ciento del personal que ejerce la secretaría de los magistrados. En la Sala de los Penal de la Audiencia Nacional tendrán que trabajar 12 funcionarios, tres por sección.

A cada sala o sección de los tribunales superiores de Justicia y audiencias provinciales que no tengan las competencias en Justicia transferidas a las comunidades autónomas deberán acudir también tres funcionarios.

Con excepción de los juzgados que actúen de guardia, que habrán de contar con toda la dotación, a los juzgados centrales de Instrucción, a los de Primera Instancia, a los de Instrucción y a los de lo Mercantil deberán ir a trabajar, al menos, dos funcionarios y uno más por cada cuatro juzgados.

Deberán contar con al menos tres funcionarios los juzgados de Primera Instancia e Instrucción con funciones de Vigilancia Penitenciaria, los juzgados de Vigilancia Penitenciaria, los juzgados de Violencia sobre la Mujer, los Registros Civiles únicos, los juzgados de Primera Instancia o Juzgados de Primera Instancia e Instrucción con funciones adscritas de registro Civil y los decanatos de los juzgados.

Tendrán que ir dos funcionarios a trabajar de cada juzgado de Primera Instancia e Instrucción, de cada juzgado de lo Penal, de cada juzgado de lo Social y de cada uno de los servicios comunes. Al Registro Civil Central, asistirá un funcionario y otro más por cada sección como mínimo y a los juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo, un funcionario a cada uno y otro por cada cuatro juzgados.

Además, tendrá que acudir un funcionario a cada juzgado central de lo Penal, otro a cada juzgado central de Memores o de Vigilancia Penitenciaria, otro a cada juzgado de lo Contencioso-Administrativo, otro en cada juzgado de Menores y otro en las oficinas de Atención a las Víctimas. Asimismo, tendrá que haber como mínimo un funcionario por cada uno de los Juzgados de Paz.

Dentro de los órganos del Ministerio Fiscal, excepto en las fiscalías que actúen de guardia, que habrán de contar con toda la dotación de personal que efectúa el servicio habitualmente, la Fiscalía General del Estado tiene siete funcionarios fijados como servicios mínimos; las fiscalías de área y las adscripciones de fiscalías, uno; y el resto de órganos del ministerio Fiscal, tres.

MINISTERIO DE JUSTICIA

Dentro del Ministerio de Justicia, el servicio de registro de documentos tiene establecido dos trabajadores como servicios mínimos; el servicio de atención al ciudadano, cuatro; los servicios de control de acceso, uno; los servicios telefónicos y gabinetes telegráficos, tres; los servicios de caja, dos; los servicios de archivo general y biblioteca, 2 y los servicios de recursos humanos y seguimiento de la huelga, 3.

También en el Ministerio, los servicios mínimos para el servicio de medios personales y seguimiento de la huelga dentro de la administración de justicia, 6; para el mantenimiento de las comunicaciones y servicios de administración electrónica, 9; en los servicios de mantenimiento, 2; en la inspección de servicios, 1; y en la portería mayor, 2.

Por otro lado, en la Abogacía General del Estado, tendrá que estar en la Unidad de apoyo un funcionario; en la Subdirección General de Asuntos de la Unión Europea e Internacionales, un funcionario que será un abogado del Estado, igual que en la Subdirección General de los Servicios consultivos. En la Subdirección General de los Servicios Contenciosos, en el departamento social, también uno; en el Gabinete de Estudios, uno, que será abogado del Estado, en la Subdirección General de Coordinación y Auditoría, uno.

Dentro de la Secretaría General de la Abogacía del estado deberá haber al menos cuatro funcionarios, mientras que en la Abogacía del Estado ante la audiencia Nacional, en la Abogacía del Estado ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso, en la Abogacía del Estado ante el Tribunal de cuentas, en la Abogacía del estado ante el Tribunal Supremo y en cada Abogacía del estado ante el Tribunal Supremo tendrán que estar un abogado del Estado en cada una.

A los centros de estudios jurídicos tendrán que acudir un funcionario por departamento: en el área de Formación Inicial, en el servicio de Gestión Económica, en el de Registro y Documentación y en el de mantenimiento de las Comunicaciones y Servicio de administración Electrónica.

En la mutualidad General Judicial tendrá que haber dos funcionarios, uno en el servicio de atención al ciudadano y otro en el mantenimiento de comunicaciones y servicios de administración electrónica.

SECRETARIOS JUDICIALES

Por otro lado, del Cuerpo de Secretarios Judiciales como mínimo trabajará un 20 por ciento de los que suelen hacerlo en el Tribunal Supremo, 9 secretarios judiciales en la Audiencia Nacional, un 20 por ciento de los de los tribunales superiores de Justicia, un 30 por ciento de los destinados en las audiencias provinciales, uno en el Registro civil Central y otro en cada Registro Civil Único.

En los juzgados de Instrucción, o de Primera Instancia e instrucción, o de Violencia sobre la Mujer y en los juzgados de Menores que estén de guardias, los secretarios judiciales adscritos a la guardia. Si no están de guardia, uno por casa tres juzgados en cada partido judicial.

Además, tendrán que trabajar, un secretario judicial de cada cuatro en cada juzgado de Primera Instancia y Mercantiles; uno por cada seis juzgados en los de los Contencioso Administrativo o de lo Social; uno por cada tres juzgados de lo penal, de Menores y Vigilancia Penitenciaria, además, un secretario judicial para los servicios comunes con funciones de registro de asuntos.

CGPJ

En otro orden de cosas, dentro del Consejo General del Poder Judicial, que consta de 450 trabajadores, se han establecido a 33 como servicios mínimos, que se distribuirán de la siguiente manera: tres en la Sede Central, además de dos en el Servicio Central de Secretaría; en el Gabinete Técnico del Servicio Central de Secretaría, seis; dos en el servicio de personal judicial; dos en la gerencia; dos en intervención.

En la Sede de Trafalgar, dos, además de otros dos en la Escuela Judicial y otros dos en el Servicio de Inspección. Asimismo, en el edificio de la Escuela Judicial tendrán que ir cuatro y en el Centro de Documentación Judicial, otros cuatro. Por su parte, los jueces no tienen servicios mínimos establecidos.

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado