Chaves afirma que si hay una sentencia sobre el Gran Casino Aljarafe "hay que cumplirla"

Actualizado: viernes, 26 mayo 2006 15:50

JEREZ DE LA FRONTERA (CADIZ), 26 May. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves, aseguró hoy que si hay una sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anula la adjudicación del Gran Casino Aljarafe, ubicado en Tomares (Sevilla), "hay que cumplirla".

En declaraciones a los periodistas en la inauguración del tramo de autovía que conecta Jerez de la Frontera con el Circuito de Velocidad, Chaves manifestó que no ha tenido acceso a dicha sentencia, aunque adelantó que "habrá que cumplirla en los términos que establece el propio Tribunal Supremo".

El TS ha ratificado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de 30 de enero de 2002 por la que se declaró nula la adjudicación del Gran Casino Aljarafe, ubicado en Tomares (Sevilla), al desestimar los recursos presentados contra la misma por la Junta y la empresa adjudicataria, Gran Casino Aljarafe S.A.

En la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, se falla que no cabe casación de la sentencia impugnada por el Ejecutivo andaluz y que se desestima su recurso. En cuanto al presentado por la compañía, el Alto Tribunal tampoco acogió ninguno de los motivos recogidos en su recurso, desestimándolo.

Para el Tribunal Supremo, el recurso de la Junta "carece de fundamento", entre otras cosas porque "partiendo de que la convocatoria reproducía el Reglamento andaluz de Casinos, viene a afirmarse que, como este reglamento es anterior a la vigente Ley de Sociedades Anónimas, la Administración autonómica llevó a cabo una interpretación integral o integradora del mismo ateniéndose a la citada Ley".

Por ello, se dice en el texto judicial, fue "por lo que admitió que los administradores del casino fueran sociedades, reprochándose a la sentencia --del TSJA-- que no se pronunciase declarando ilegal el reglamento". Pero tal argumentación, para el TS, no puede compartirse "no sólo porque podría considerarse insólito que la Comunidad Autónoma combata la legalidad de una de sus formas, sino además porque la argumentación no responde a la realidad", señalándose además que la sentencia "no infringió el ordenamiento jurídico al no enjuiciar ese reglamento, que no era objeto del proceso".

En cuanto al recurso presentado por la empresa adjudicataria, el TS especificó, entre otros argumentos, que el recurso se entabló contra el acto de autorización de apertura del casino y no contra el reglamento y que, al respecto, se dio por el TSJA respuesta a las alegaciones de las partes. "Estas consideraciones bastan para que deba desecharse, pudiendo añadirse que no era imprescindible enjuiciar la citada contradicción porque en realidad no existe".

Tras la sentencia del Supremo, ahora la empresa que obtuvo la segunda mayor puntuación en el concurso de adjudicación podría tener la opción de solicitar la ejecución de la misma como una de las posibilidades a seguir en el proceso. El Gran Casino Aljarafe abrió sus puertas el pasado 28 de marzo y, al poco más de un mes de su apertura, había recibido más de 14.000 visitantes.