El Constitucional registró un 62% más de recursos de inconstitucionalidad tras la pandemia, la mayoría de partidos

Archivo - Fachada del Tribunal Constitucional, en Madrid (España).
Archivo - Fachada del Tribunal Constitucional, en Madrid (España). - Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo
Publicado: lunes, 5 septiembre 2022 17:51

En 2021 al tribunal de garantías le quedaron pendientes de sentenciar la misma cantidad de asuntos que en 2020, unos 253

MADRID, 5 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) registró en 2021 un 62 por ciento más de recursos de inconstitucionalidad (39) en comparación con los 24 de 2020 y fueron en su mayoría de partidos políticos a través de sus representantes en las Cortes. También aumentaron las cuestiones de inconstitucionalidad (35 frente a 27) respecto al año precedente, que estuvo marcado por el estallido de la pandemia de coronavirus.

El presidente del TC, Pedro González-Trevijano, ha entregado esta mañana al Rey Felipe VI en La Zarzuela la nueva edición anual de la Memoria del tribunal de garantías, que abarca 270 páginas.

Según dicho documento, recogido por Europa Press, al Constitucional llegaron más recursos de inconstitucionalidad en 2021, la mayoría (26 de los 39, el 66%) planteados por diputados o senadores. En concreto, 17 de esos recursos se presentaron respecto de leyes estatales y los otros nueve frente a autonómicas. En la lista constan recursos de PP o de Vox contra la denominada 'ley rider'; contra la 'ley antipandemias' del País Vasco; contra la ley de la Protección a la Infancia, o contra la 'ley Celáa'.

También figura el recurso interpuesto por los de Santiago Abascal contra la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que recorta atribuciones del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cuando sus vocales se encuentran en funciones, entre ellas la de realizar nombramientos en la cúpula judicial. Dicho recurso aún no ha sido resuelto por el tribunal, aunque este verano se impulsó una nueva reforma que devuelve al órgano de gobierno de los jueces su capacidad para nombrar a dos magistrados del Constitucional.

Por su parte, el Gobierno recurrió en ocho ocasiones a través de su presidente, Pedro Sánchez, normas promovidas por las Comunidades Autónomas. En el otro lado, las asambleas legislativas y los gobiernos autonómicos recurrieron cinco leyes estatales, mientras que el Defensor del Pueblo no interpuso ninguno en todo el año.

A lo largo del pasado año se presentaron en el TC dos cuestiones internas de inconstitucionalidad y los órganos judiciales plantearon otras 33, lideradas por los tribunales superiores de justicia, que plantearon 21: tres fueron en relación con leyes del Estado y 18 respecto de preceptos autonómicos con rango de ley.

En este apartado, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional elevaron una cuestión cada uno y referidas a leyes estatales; las audiencias provinciales no plantearon ninguna cuestión de inconstitucionalidad, y los juzgados unipersonales formularon nueve.

NULIDAD DE LOS ESTADOS DE ALARMA

El número de sentencias dictadas por el Constitucional el año pasado (192) es menor que en 2020, cuando fueron 195. De esas resoluciones, 36 resolvieron procesos de inconstitucionalidad y 156 versaban sobre demandas de amparo.

De esos casi dos centenares de sentencias, el tribunal ha considerado pertinente destacar las dictadas en julio y octubre en las que en el Pleno del TC se declaró la nulidad de varios apartados de los reales decretos de declaración del estado de alarma para hacer frente a la crisis sanitaria causada por la COVID-19.

La primera de estas sentencias anuló parcialmente el Real Decreto de 14 de marzo por el que se declaró el primer estado de alarma. Los magistrados apreciaron que "la prohibición general de circulación por las vías de uso público representaba una extralimitación de sus límites, pues implicaba la suspensión del ejercicio del derecho fundamental".

A idéntica conclusión llegó el tribunal respecto de las restricciones de la libertad para mantener reuniones privadas o del derecho a elegir libremente el lugar de residencia. Además, declaró la nulidad de la habilitación al Ministro de Sanidad para modificar, ampliar o restringir las medidas limitativas de la libertad de empresa, ya que se impedía el cumplimiento de la obligación de información periódica al Congreso de los Diputados.

Posteriormente se declaró la nulidad parcial del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, y su prórroga por un período único de seis meses, toda vez que dicha prórroga se otorgó sin que existiera certeza sobre las medidas a aplicar, ni su período de vigencia. Se declaró igualmente inconstitucional la atribución a los presidentes de comunidades y ciudades autónomas de la condición de autoridades competentes delegadas, puesto que llevaba aparejado el ejercicio de potestades tanto de restricción de las libertades de circulación y reunión en espacios públicos, privados y de culto, como de flexibilización de las limitaciones del propio decreto de declaración del estado de alarma.

El TC llegó a una conclusión idéntica respecto a los plazos fijados para las comparecencias parlamentarias del presidente del Gobierno y el ministro de Sanidad, y la posibilidad otorgada a la Conferencia de Presidentes Autonómicos para proponer, transcurridos cuatro meses de vigencia de la prórroga, el levantamiento del estado de alarma.

En la lista de sentencias destacables, la memoria incluye la resolución sobre las plusvalías y la relativa a la prisión permanente revisable. En total, el tribunal dictó 7.204 resoluciones en 2021, de las que 6.915 fueron definitivas, pero el número de asuntos resueltos fue menor al de nuevo ingreso.

Además, al tribunal de garantías le quedaron pendientes de sentenciar la misma cantidad de asuntos que en 2020, unos 253, cantidad superior a la registrada en años anteriores, ya que en el año 2017 quedaron 202; en el 2018, 197, y 226 en 2019.

Durante 2021, al registro general del Constitucional llegaron un total de 8.370 asuntos jurisdiccionales nuevos, es decir, 1.800 asuntos más que en 2020, año en el que habían ingresado 6.570, un incremento del 27% que, según ha anunciado el TC en una nota informativa, se explica en buena parte por la subida de las solicitudes de amparo constitucional (8.294 frente a 6.515 en 2020).

REINAN LOS RECURSOS DE AMPARO

Las cifras del TC ponen de manifiesto un año más el predominio de los recursos de amparo, que fueron 8.294, el 99% de los asuntos de nuevo ingreso. No obstante, el número de los que se admiten a trámite sigue siendo limitado, pues solo pasaron el corte 133.

La práctica totalidad de estos nuevos recursos de amparo fue promovida por particulares: 8.256, de los que 7.416 fueron interpuestos por personas físicas y 840 por personas jurídicas de Derecho privado, en tanto que los entes públicos plantearon 33 demandas de amparo, una el Defensor del Pueblo y dos la Fiscalía.

En cuanto al origen de estos recursos se mantuvo el predominio de los planteados contra resoluciones del orden jurisdiccional penal: 4.255, el 51% (3.416, el 53% en 2020). Eso sí, se incrementó el número de amparos procedentes de todas las jurisdicciones.

Así, las demandas procedentes del orden jurisdiccional civil ascendieron a 1.534, el 18% (en 2020 se registraron 1.154, el 17%); del contencioso-administrativo se recibieron 2.101 demandas, el 25% (en 2020 fueron 1.585, el 24%); desde el orden social ingresaron 334 demandas, el 4% (310, también el 4% en 2020) y en la jurisdicción militar se plantearon 28 demandas de amparo (21 en 2020).

CUATRO RECURSOS ELECTORALES

Por otra parte, se promovieron 26 recursos de amparo frente a actos parlamentarios sin valor o fuerza de ley promovidos por el cauce del artículo 42 de la ley orgánica del Tribunal Constitucional, un número prácticamente idéntico al de 2020, cuando fueron 25 los recursos de amparo de procedencia parlamentaria.

En 2021 hubo cuatro recursos de amparo electorales y el número de conflictos positivos de competencia promovidos descendió de tres a uno, en tanto que se presentó un conflicto negativo de competencia.

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