El Supremo desestima una demanda de Telefónica por la tasa del uso de la banda móvil

Actualizado: jueves, 19 abril 2012 13:50

MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso presentado por Telefónica en el que reclamaba al Estado 677.599 euros por las tasas cobradas en 2001 a su filial de telefonía móvil por el uso de la banda de 1.800 megahercios, según la sentencia dictada el pasado 12 de abril.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo cierra así diez años después el caso conocido como el 'espectrazo' con una sentencia que sienta jurisprudencia y que se aplicará al resto de recursos presentados en el mismo sentido por varias compañías de telefonía móvil.

La sentencia concluye que el motivo de casación "no puede prosperar" por que Telefónica no ha podido "justificar" que, como consecuencia del incremento de la tasa "se le haya producido el desequilibrio económico".

El Supremo rechaza la alegación de la compañía de que las tasas produjeron una "importante alteración de su plan de negocio, en detrimento de las inversiones comprometidas en el sector", porque, recuerda, todos los gastos económicos de una concesión, cuya duración es de veinticinco años más cinco prorrogables, son "a cargo del concesionario".

En concreto, Telefónica pedía anular la liquidación de 677.599 euros correspondiente al período comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre de 2001. El Supremo desestima el recurso de apelación presentado contra una sentencia anterior dictada en el mismo sentido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

La decisión del Supremo cuenta con un voto particular en contra. El magistrado discrepante explica que el valor total de la inversión realizada por las cuatro empresas concesionarias (Telefónica Móviles, Airtel, Xfera y Amena) en aquel momento fue de 9.315 millones de euros.

De esto, se deriva que las cuatro operadoras obtendrían un total de 37.262 millones de euros por su inversión a veinte años, por lo que las empresas esperaban obtener en el 50% de esa cifra y el Estado el 50% restante.

Por tanto, la mitad supondría 18.631 millones de euros en veinte años, es decir, 4.537 millones de euros por cada operadora, lo que implicaba un pago anual de 232.892 euros por cada compañía, obteniéndose así una recaudación de 1.051 millones de euros por año. El magistrado considera que el reparto del "beneficio" Estado/operadoras al 50% no estaba bien calculado, porque las tasas por reserva de banda no es el único tributo que grava esos beneficios.