MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
El ex fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz ha abonado los 17.200 euros de la sanción económica impuesta por el Tribunal Supremo (TS) por un delito de revelación de secretos. Tras ello, el alto tribunal ha pedido a Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, información sobre su cuenta bancaria para que se le ingrese la indemnización.
Así consta en una diligencia de ordenación, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el TS llama a "transferir a favor del Tesoro Público" los 7.200 euros de multa que el tribunal estableció en su sentencia contra García Ortiz el pasado diciembre, en la que, además, le impuso dos años de inhabilitación para el cargo.
Del mismo modo, el Supremo pide a González Amador que aporte su número de cuenta bancaria, "a efectos de transferirle la cantidad de 10.0000 euros, acordada en concepto de responsabilidad civil" en la misma sentencia.
Antes, la Abogacía del Estado, que defendió al ex fiscal general en el juicio, había presentado un escrito, al que también ha tenido acceso esta agencia de noticias, en el que daba cuenta del ingreso de los 17.200 euros por su representado "a todos los efectos".
En dicho escrito, la defensa de García Ortiz precisó que los fondos empleados proceden "de aportaciones voluntarias cuya canalización y coordinación fue asumida por la Unión Progresista de Fiscales" (UPF) y que el que fuera jefe de la Fiscalía "asume íntegramente dicho pago como propio".
La UPF --a la que perteneció el ex fiscal general-- lanzó una campaña de colaboración para "el abono de las responsabilidades económicas derivadas". Unas semanas después, la asociación anunció que se había alcanzado "íntegramente el importe necesario" para pagar la sanción económica a García Ortiz.
UN LLAMAMIENTO "ÉTICO" A COLABORAR
En un comunicado, UPF indicó que "decenas de fiscales de todos los territorios y categorías" respondieron a un llamamiento "que no era económico, sino ético", en el que también participaron ciudadanos --aseguró-- "sin pertenecer al Ministerio Fiscal".
"Nadie debe quedarse solo cuando actúa conforme a la ley, a su conciencia profesional y en defensa de una institución constitucional", señaló UPF, que ha venido defendiendo la actuación e inocencia del ex fiscal general.
García Ortiz presentó un incidente de nulidad contra la sentencia del Supremo, subrayando que defendió la "credibilidad" de la Fiscalía frente a "ataques".
La Fiscalía General del Estado dio luz verde a que García Ortiz se reincorpore a la carrera fiscal, en concreto a la Sección de lo Social de la Fiscalía en el Supremo.
Además, el Ministerio de Justicia ha comenzado los trámites ante una primera petición de indulto para García Ortiz formulada por varios particulares. El Gobierno ha emplazado al Supremo a que muestre su parecer sobre esa solicitud al ser el órgano que dictó la sentencia.
GONZÁLEZ AMADOR SE OPONE AL INCIDENTE DE NULIDAD
La pareja de Ayuso ha presentado en este contexto un escrito ante el Supremo, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que reclama que desestime el incidente de nulidad presentado por el ex fiscal general.
"¿Algún operador jurídico de la jurisdicción penal puede considerar que el fiscal general del Estado no tenía conocimiento y voluntad de estar revelando información que, además de haberse conocido por razón del cargo y no ser divulgable por ser reservada, era susceptible de generar perjuicio en el buen funcionamiento de la Administración y, en concreto, para los derechos fundamentales de González Amador?", sostiene su abogado sobre la revelación de datos reservados de su cliente, de la que el Supremo consideró culpable a García Ortiz.
González Amador critica que García Ortiz "propone que el deber de reserva admitiría modulaciones o injerencias en base a otro derecho inexistente: la posibilidad de airear a la opinión pública (libertad de expresión institucional) parte o todo aquello de lo que tengan conocimiento los fiscales por el ejercicio de sus funciones, lesionando derechos fundamentales de los sometidos a su actividad jurisdiccional".
A su entender, la posibilidad de la Fiscalía de informar en el ejercicio de sus funciones "no constituye un derecho fundamental a la libertad de expresión de una institución que, por definición (hay que recordarlo, es Estado), no es titular de la libertad de expresión".
"Esa función de informar es una posibilidad reglada que tiene como límite absoluto, justamente, el deber de reserva y sigilo inherentes al cargo y los derechos de los afectados", apostilla.