VALENCIA 27 Nov. (EUROPA PRESS) -
El titular del juzgado de lo penal número 12 de Valencia ha absuelto a la alcaldesa del municipio valenciano de Alpuente, Amparo Rodríguez, de un delito contra el medio ambiente, ya que estaba acusada de vertidos no autorizados de aguas residuales procedentes de una pedanía de la localidad al río Tuéjar. El magistrado estima, tras los informes periciales, que puede existir una pequeña contaminación en las aguas pero no suficiente para afectar al medio ambiente ni a las personas que viven entorno al mismo.
El juez basa su decisión en dos periciales distintas y contradictorias a las aportadas por el ministerio fiscal, órgano que reclamaba para la acusada una pena de dos años y tres meses de cárcel, 16 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros y que repusiera la situación del barranco El Requero, que llegaba al Tuéjar, a su estado inicial.
Según se recoge en uno de estos informes, el vertido era "puntual" y no afectaba a animales ni a personas. Además, estimaba que no tenía riesgo alguno para la salud, que no era tóxico ni industrial, y que no había pruebas analíticas en tal sentido. El otro perito apuntaba a la "falta de datos" necesarios en el perito del fiscal, que "no realizaba bien las mediciones", y afirmaba que en este caso, lo ocurrido era un vertido "puntual" por desbordamiento de las aguas fecales.
Ambos informes se contradicen con el aportado por el fiscal, que afirmaba que existía un riesgo para la salud de las personas, existencia de mosquitos, ratas, cucarachas, que era un caudal discontinuo y que incluso podía venir del casco urbano y de vertidos anteriores.
Con todo, el fiscal afirma que, pese a que pueda existir infracción de norma extrapenal de la primera edil, que lleva en este cargo desde 1999, no apreciaba responsabilidad penal. Considera probado que podía existir una "pequeña contaminación" en las aguas, pero "no suficiente para afectar al medio ambiente ni a las personas que viven en este entorno", por lo que "no se llega a crear una situación de peligro para el bien jurídicamente protegido ni queda probado".
El caso se inició por la denuncia presentada en 2005 por un vecino ante el Seprona puesto que consideraba que bajo su casa, en la pedanía Las Eras del Obispo Hernández, está la fosa séptica de la que salía "porquería", según dijo en su declaración del juicio, y tenía que cerrar las ventas y puertas "al no poder ni respirar".
La alcaldesa, durante la celebración, aseguró ser "consciente" de estos vertidos, e indicó que el Ayuntamiento pidió autorización a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y que nunca recibió contestación, con lo que se limitaron a pagar el canon por los vertidos.
También aseveró que la depuradora era gestionada por una empresa externa, contratada por la Diputación, y respecto al desbordamiento de la balsa, señaló que "a lo mejor se daba porque no se sacaba la suciedad con la suficiente frecuencia o por el mal uso que hacían de ella los vecinos".