Madrid investiga los fallecimientos de bebés entre 1961 y 1971 para determinar si pudieron ser robados

Actualizado: martes, 21 diciembre 2010 14:24

Los afectados vuelven a reunirse con el fiscal jefe de la Audiencia Nacional y piden una entrevista con Caamaño

MADRID, 21 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Archivo Regional de la Comunidad de Madrid está realizando un estudio estadísticos sobre los fallecimientos de bebés que se produjeron en la Maternidad de O'Donnell entre 1961 y 1971 con el objetivo de "ponerlo a disposición" de las personas que creen que sus allegados pudieron ser robados y entregados en adopción a otras familias.

Así consta en una carta que la jefa de Área de Coordinación del Centro Archivo Regional, Nieves Sobrino, dirigió el pasado 13 de diciembre a la Plataforma 'Grupo de Afectados de Clínicas de Toda España de la Causa de Niños Robados' y que este colectivo ha entregado este martes al fiscal-jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, con el que han mantenido un encuentro.

En la misiva, que los afectados quieren hacer llegar al ministro de Justicia, Francisco Caamaño, en el curso de una entrevista, la responsable del Archivo Regional destaca que el objetivo de este trabajo es hacer llegar los datos a los afectados y "enviarlo a los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid para que, a la vista de la información que se haya obtenido, estudien y determinen si existe oportunidad y pertinencia para remitirlo a los órganos judiciales que sean competentes en esta cuestión".

300 DENUNCIAS

Sobrino también traslada a la portavoz de la plataforma, Mar Soriano, una fotocopia despersonalizada de la hoja completa en la que se recoge el caso de su hermana, que habría fallecido en enero de 1964 en la antigua Maternidad Provincial de Madrid a causa de una otitis.

En su escrito pone de manifiesto las "dificultades" que tiene la realización de este estudio, que se está realizando "de oficio", aunque asegura que "se ven contrarrestadas por la ilusión del personal que lo lleva a cabo". En este sentido, muestra su compromiso por "establecer mecanismos" para que todas las personas que se encuentren en esta situación --300, según las cifras manejadas por la asociación-- "puedan acceder a cuanta información sea posible".

Durante la reunión, que los afectados han calificado de "muy cordial", Zaragoza ha recordado que ha pedido al Ministerio de Justicia la creación de una oficina encargada de coordinar las denuncias por el robo de niños durante el franqusimo hasta principios de los años ochen, así como la adopción de normas reglamentarias precisas que faciliten la investigación de los hechos en la vía administrativa.

LA AUDIENCIA NO ES COMPETENTE

El máximo responsable del Ministerio Público en la Audiencia Nacional mantuvo un encuentro el pasado 22 de noviembre con los afectados, a los que manifestó que este asunto "revestía importantes dificultades técnico-jurídicas" para considerar a la Audiencia Nacional competente en este asunto.

La investigación administrativa, según propone Zaragoza al Ministerio, debería permitir recabar de los diferentes archivos públicos y privados "cuantos documentos estén relacionados con tales actividades ilícitas y puedan contribuir a esclarecer las circunstancias acaecidas en cada uno de los casos que se identifiquen fehacientemente como sustracción de menores recién nacidos, falsificación de documentos para simular su fallecimiento y entrega ilegal a otras familias".

En su reunión del pasado mes de noviembre, la Plataforma expuso al fiscal jefe de la Audiencia Nacional la existencia de cientos de casos relativos a la sustracción de niños recién nacidos en diversas clínicas, a cuyos progenitores se les comunicaba su fallecimiento, y que eran entregados a otras familias previa falsificación de los documentos necesarios.

Los casos se produjeron, según la documentación que ha recabado la Plataforma, en un periodo que se sitúa desde los primeros años de la dictadura franquista y los primeros años de la democracia (1940-1980). El Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid acordó inhibirse de la investigación a favor de la Audiencia Nacional.

No obstante, según Zaragoza, la Audiencia Nacional tiene un catálogo de competencias legalmente previsto que no puede ser alterado ni interpretado extensivamente, que se recoge en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Disposición Transitoria de la ley orgánica 4/88 en cuanto a los delitos de terrorismo, y que en tales preceptos no se incluyen los delitos que se denuncian.

A su entender, dada la antigüedad en la comisión de los hechos delictivos se trataría de conductas presumiblemente prescritas, por lo que no cabría la exigencia de responsabilidades penales a los posibles culpables.