BARCELONA 18 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Constitucional (TC) admitió hoy un recurso de institucionalidad promovido por la presidencia del Gobierno contra una ley que el Parlament aprobó en 2009.
Se trata de la ley 5/2009 de 28 de abril, de los recursos contra la calificación negativa de los títulos o las clásulas concretas en materia de derecho catalán que deban inscribirse en un registro de la propiedad, mercantil o de bienes muebles de Catalunya.
Los artículos recurridos son dos, el 3,4 y 7.2, que también afectan a otros dos, el 1 y el 3.3, que por ahora dejan de entrar en vigor.
El recurso lo presentó el Gobierno central el 8 de febrero, con lo que ha tardado 10 días en admitirlo a trámite.
La ley 5/2009 derogó una que aprobó el Parlament tres años atrás por insuficiencias y defectos y regula el procedimiento previo antes de ir a los tribunales de justicia para recurrir contra la decisión de un registrador de no inscribir, ante algún defecto o falta de documentación, un determinado título o cláusula en un registro de la propiedad, mercantil o de bienes muebles.
La norma afecta sólo a los recursos que se fundamenten en normas del derecho catalán o en la infracción de este.
Se establece que todos los recursos tienen que resolverse en primera instancia en la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas de la Generalitat. Con este procedimiento, se pretendía alcanzar una doctrina uniforme sobre las calificaciones de los registradores relativas a la propiedad.