El TS rechaza el recurso de la heredera de una excargo del Govern que quiere anular la fianza del Tribunal de Cuentas

Publicado: viernes, 15 octubre 2021 16:11

La Sala de lo Contencioso-Administrativo elude pronunciarse al considerar que no es competente para ello

MADRID, 15 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha eludido pronunciarse sobre la petición de Chantal Olivé, hija de la fallecida Maryse Olivé --quien fuera delegada del Govern catalán en Francia--, de anular la fianza que le requiere el Tribunal de Cuentas por la responsabilidad contable de su madre en el presunto uso irregular de fondos para las denominadas 'embajadas catalanas' y el Consell de la Diplomacia Pública de Cataluña, conocido como Diplocat.

En un auto de 21 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha acordado declarar la inadmisibilidad del recurso por su "falta de competencia".

En el marco de su resolución, el Supremo ha advertido que toma esta decisión "sin perjuicio del posterior recurso de casación que, en su caso, procediera cuando se haya determinado su responsabilidad contable".

Chantal Olivé, hija de la exdelegada del Govern en Francia fallecida en 2017, presentó el escrito contra el acta de liquidación provisional del Tribunal de Cuentas y contra la providencia de la instructora del órgano fiscalizador en la que se le reclama el pago o afianzamiento de 23.924,03 euros.

En su respuesta, el Supremo ha precisado que en la propia providencia que se impugna se avisa de que cabe recurso ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, que esta semana ha avalado la decisión de la instructora tras desestimar los recursos presentados por otros excargos de la Generalitat de Cataluña.

FIANZA DE 23.924 EUROS

Según el acta de liquidación, al que ha tenido acceso Europa Press, el órgano fiscalizador reclama a 34 exmiembros del Govern cantidades individuales por conceptos concretos que aprobaron cuando estaban en sus respectivos cargos, pero todos deberán responder al total de forma solidaria hasta los 5,4 millones de euros.

Los magistrados del Supremo han explicado, en el auto adelantado por El Periódico de España, que tienen competencia para resolver los recursos de casación y revisión contra las resoluciones dictadas por el Tribunal de Cuentas. Por ahora, el procedimiento en el órgano fiscalizador en el que figura Olivé no ha llegado a la fase de enjuiciamiento, por lo que no se ha dictado sentencia aún.

La decisión del Alto Tribunal de rechazar el recurso coincide con las posturas de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que --según consta en la resolución-- estimaron que el Supremo no es competente para resolver este caso.

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