TSJ cántabro anula la sanción que la CHN impuso al Ayuntamiento de Santander y a las constructoras del parque de Las Llamas

Actualizado: jueves, 12 febrero 2009 17:04

SANTANDER, 12 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado la sanción por importe de 12.020 euros que la Confederación Hidrográfica del Norte (CHN) impuso al Ayuntamiento de Santander y a las constructoras SIEC S.A. y Urazca por las obras realizadas en el cauce y zona de servidumbre del arroyo del parque de Las Llamas y que, a juicio de la CHN, constituían una infracción hidráulica por lo que también demandaba la demolición de las mismas.

En una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, hecha pública hoy, se recuerda que la CHN impuso solidariamente la sanción al Consistorio, promotor de las obras, y a las dos mercantiles, adjudicatarias de las mismas, por ejecutar los trabajos "sin la oportuna autorización administrativa".

Sin embargo, el fallo aclara que solicitar dicha autorización administrativa es "obligación exclusiva" del Ayuntamiento, por lo que no procede imponer la sanción con carácter solidario a las constructoras.

En este sentido añade que, según la Ley de Aguas, sólo son responsables de la realización de obras sin autorización administrativa el propietario del terreno, el promotor de la captación, el empresario que ejecuta la obra o el director de la misma, sean personas físicas o jurídicas.

Por su parte, la responsabilidad es solidaria cuando son varios los responsables y no es posible, además, determinar el grado de participación de cada uno de ellos en la comisión de una infracción.

Además, la sentencia destaca que el Reglamento Hidráulico impone "con toda claridad" al promotor de obras de esta naturaleza la obligación de solicitar la autorización al Organismo de Cuenca, en este caso, a la CHN.

Con la sentencia del TSJC se ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por SIEC S.A.