Visto para sentencia el 'caso Roquetas' con una petición máxima de más de ocho años para el teniente Rivas

Actualizado: miércoles, 11 abril 2007 21:34

ALMERÍA, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería dejó hoy visto para sentencia el juicio a los ocho agentes de la Guardia Civil imputados por el fallecimiento del agricultor Juan Martínez Galdeano en las dependencias del acuartelamiento de Roquetas de Mar (Almería) el 24 de julio de 2005.

La sesión arrancó con la exposición de las conclusiones definitivas por parte de la acusación popular, ejercida por el letrado Jaime Sanz de Bremond, en representación de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, quien acusó al teniente José Manuel Rivas, principal imputado del caso, de un delito de tortura, además de los delitos de homicidio imprudente y lesiones, por los que pide una pena que suma, junto al de tortura, ocho años y nueve meses.

La acusación popular argumentó el delito de tortura en que el teniente Rivas --que no estaba de servicio ese día y observó los hechos desde su casa-- actuó "con ánimo de castigar" al fallecido tras observar "que había herido a dos de sus agentes", ya que "utilizó una y otra vez la porra eléctrica y el bastón extensible contra una persona que estaba en el suelo y esposada".

Asimismo aseveró que "de no haber sido por la acción comitiva ni omitiva del teniente, ni el resto de guardias civiles hubieran actuado como lo hicieron ni Galdeano estaría hoy muerto".

En cuanto al resto de los acusados --J.A.M.F.; A.M.V.A.; M.J.S.P.; D.J.M.; J.A.S.G.; J.A.M.M.; y J.R.A.E.--, el letrado mantuvo la imputación de delitos contra la integridad moral, homicidio imprudente y lesiones, por los que reclama una pena de seis años y tres meses de cárcel, y planteó también la posible imputación de un delito de tortura a la agente M.J.S.P. --a la que Galdeano hirió en una mano--, una imputación que descartó por "no haber reiteración en el ataque, al contrario de lo que sucedió con el teniente Rivas".

La acusación popular incidió en otras cuestiones durante su exposición de conclusiones, como la "tranquilidad" con la que la víctima llegó al cuartel de Roquetas y que el "delirio agitado" que le causó según los forenses la muerte fue "a consecuencia de los actos de los acusados".

LA DEFENSA PIDE LA ABSOLUCION DE TODOS LOS DELITOS

Por su parte el abogado de la defensa, Gustavo Arduán, reiteró su petición de absolución de todos los delitos imputados a los ocho agentes y mantuvo que la muerte del agricultor se produjo por un "delirio agitado" derivado del consumo de cocaína.

La defensa subrayó que el comportamiento de la Guardia Civil dio muestras de "idoneidad" y "buen comportamiento", ya que Galdeano presentó en algunos momentos "una resistencia activa" y, según el informe médico "no hubo delito de lesiones porque hubiera necesitado sólo reposo y tratamiento médico para recuperarse".

Asimismo afirmó que los agentes "no tuvieron la más mínima intención de vejar al fallecido" y defendió que su actuación fue "proporcionada".

En cuanto al delito de tortura que la acusación popular imputó al teniente Rivas, Arduán, además de pedir que la calificación no fuera introducida a estas alturas en el proceso, argumentó que la intención del acusado "no fue en absoluto la de practicar un castigo, como corrobora que no le pegó con agresividad ya que no practicó los golpes de arriba a abajo sino en un ángulo lateral de 45 grados y de cintura para abajo".

Además, señaló que el teniente Rivas acudió al cuartel "después de ver que Galdeano había herido a tres de sus agentes y que los otros dos que quedaban no eran suficientes para reducirle en las circunstancias en las que se encontraba". Por último, la defensa subrayó que "este juicio llega tarde porque todos los imputados han sido ya condenados por la presión social" .

Por su parte, la Abogacía del Estado, ejercida por el letrado Demetrio Carmona, negó la existencia de homicidio imprudente porque "los médicos determinaron que la causa del fallecimiento fue el consumo de droga", por lo que solicitó la anulación de la responsabilidad civil, declinando el pago de las indemnizaciones reclamadas por la acusación.

En todo caso, el Abogado del Estado estimó que, si la juez valora que hubo lesiones, el único pago a realizar sería el de 47,83 euros por cada uno de los siete días de baja que se establecieron por las heridas que presentaba Juan Martínez Galdeano.

ALEGATOS

Al término de la sesión, la mayoría de los imputados mostraron su pésame a la familia del agricultor fallecido y reiteraron su actuación "en cumplimiento del deber". El propio teniente Rivas declaró que actuó "con los medios y conocimientos que tenía a mi alcance" y manifestó que "he recibido muchas críticas hasta ahora pero nadie me ha dicho aún cómo tendría que haber actuado".

Por su parte, la juez de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, Társila Martínez, anunció al fin de la sesión que la sentencia se dará a conocer en audiencia pública.

PETICIONES DE LA FISCALIA Y ACUSACIÓN PARTICULAR

El Ministerio Fiscal, según la exposición de conclusiones formulada el lunes pasado, pide para el teniente José Manuel Rivas una pena de tres años y seis meses de prisión por los delitos de atentado grave contra la integridad moral, lesiones y homicidio imprudente.

El fiscal Fernando Brea consideró también autores de los mismos delitos que el teniente Rivas a J.A.M. y a M.J.S.P., para los que pidió tres años y tres meses de cárcel. Para otros cuatro imputados -- A.M.V.A., D.J.M., J.A.S.G y J.R.A.E.-- pidió tres años al considerar que obraron no por acción sino por omisión, mientras que para el funcionario J.A.M.M. pidió dos años de cárcel pero le eximió de los presuntos delitos de homicidio imprudente y de lesiones.

Por su parte, la acusación particular, efectuada por el letrado José Ramón Cantalejo, reclama cinco años y seis meses de prisión para el teniente Rivas como autor de los delitos de atentado grave contra la integridad moral, lesiones y homicidio imprudente. Asimismo, imputó a J.A.M. delitos de lesiones y homicidio imprudente, con una calificación de cuatro años y seis meses. Para el resto de los imputados, la acusación particular solicita seis meses por complicidad en la comisión de atentado grave contra la integridad moral.