Asociación pro DD.HH. muestra su "enorme satisfacción" por que el TC prohíba recoger opiniones políticas a los partidos

La bandera de España ondea en el Tribunal Constitucional
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Publicado: viernes, 31 mayo 2019 12:33

MADRID, 31 May. (EUROPA PRESS) -

La Asociación pro Derechos Humanos de España (APDHE) ha mostrado su "enorme satisfacción" tras conocer la sentencia íntegra del Tribunal Constitucional (TC) en la que prohíbe a las formaciones políticas recoger opiniones políticas de los ciudadanos en Internet, declarando la nulidad por inconstitucional del artículo de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG).

Así lo ha puesto de manifiesto la APDHE este viernes 31 de mayo en un desayuno informativo para abordar la sentencia del TC, cuyo fallo unánime dio a conocer el alto tribunal el pasado 22 de mayo. La asociación solicitó al Defensor del Pueblo que recurriera ante el Constitucional la norma, presentando un dictamen jurídico sobre la constitucionalidad del artículo, elaborado por el catedrático emérito de Derecho Constitucional Diego López Garrido.

En este sentido, López Garrido ha afirmado que la "rapidez" con la que ha actuado el tribunal de garantías pone de relieve que "ha visto con toda claridad que esto era frontalmente inconstitucional esto que ha pretendido el poder legislativo". "Siempre nos ha parecido incomprensible que se aprobase el artículo 58 Bis en el Parlamento", ha recordado.

Asimismo, el experto en Derecho Constitucional ha analizado la sentencia del TC, que ha calificado de "muy bien hecha, organizada, ordenada, precisa y certera". Además, ha señalado que el fallo dice, en primer lugar, que "hay una restricción del derecho a la protección de datos y la intimidad del artículo 18.4 de la Constitución".

En relación con las razones que el TC esgrime para declarar la inconstitucionalidad del artículo, López Garrido ha apuntado que el alto tribunal crítica que la Ley "no especifica" cuál es el interés público que justifica la recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas por parte de los partidos políticos.

"Igual de abstracto", ha señalado López Garrido, es para el alto tribunal que se circunscriba esta acción al marco de las actividades electorales de los partidos. "Actividades electorales es todo. Es actividades durante las elecciones, antes, después y en medio. Los partidos están actuando electoralmente toda su vida", ha apostillado.

Para el Constitucional, la tercera causa de inconstitucionalidad de este artículo es que la ley tampoco aclara cuáles son las "garantías adecuadas", que deberían estar "reguladas" en la propia norma. "La regulación de los derechos fundamentales tiene que hacerse por ley. No puede derivarse a ver qué dice la Agencia de Protección de Datos", ha apostillado López Garrido.

SE REGRESA AL PRINCIPIO DEL CONSENTIMIENTO

Tras analizar el fallo del tribunal de garantías, el catedrático de Derecho Constitucional ha destacado que con este pronunciamiento "se logra que no se desposea a los ciudadanos de sus datos personales", que tienen derecho a "controlar" en una sociedad democrática. Además, ha hecho hincapié en que se regresa "al principio" de que para utilizar los datos personales de alguien se necesita el "consentimiento", lo cual el artículo 58 Bis no exigía.

De esta forma, López Garrido ha puesto de relieve que el artículo anulado trata "nada menos" que de opiniones políticas, que son lo que se conoce como "datos sensibles" e "irrenunciables". Además, ha asegurado que, tras el dictamen del Constitucional, se recupera también la "libertad ideológica" consagrada en el artículo 16 de la Constitución.

Según ha agregado el experto, el artículo 58 Bis era "especialmente grave" porque en la actualidad el desarrollo tecnológico permite a los partidos "atentar contra el derecho a la protección de datos de forma masiva".

El polémico artículo fue aprobado por todos los partidos del Congreso, aunque Unidas Podemos se desmarcó en la votación del Senado. "Hay que suponer que cuando alguien aprieta el botón sabe lo que está haciendo", ha afirmado López Garrido, que ha agregado que los partidos políticos "sabían lo que estaban haciendo".

En su intervención el catedrático de Derecho Penal y presidente de la APDHE, Hernán Hormazábal, ha puesto de relieve que le ha "sorprendido" que el alto tribunal se haya pronunciado sobre este precepto "en un plazo bastante breve".

También han participado en el acto los vocales de la Junta Directiva de la APDHE Antoni Farriols y Carlos Castresana. Mientras Farriols ha afirmado que la sentencia del Constitucional debe "congratular" a la sociedad en su conjunto, Castresana ha subrayado la unanimidad del pronunciamiento de TC, algo que ha calificado de "muy raro" porque está integrado por "distintas sensibilidad".

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