El TS pide a AENA que justifique que ha tomado medidas para reducir el sobrevuelo de aviones en Algete (Madrid)

Actualizado: jueves, 28 abril 2011 22:25

MADRID, 28 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha pedido a Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) que "de inmediato" justifique que la Administración ha tomado las medidas para reducir el número de aviones que sobrevolaban la urbanización Ciudad Santo Domingo, en Algete, procedentes del Aeropuerto de Madrid Barajas.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Supremo ordena a la Administración, en este caso, la competente es el Ministerio de Fomento, a través de AENA, "que de inmediato, con fijación de plazo para ello, dé cuenta de la situación actual y justifique haber tomado todas las medidas necesarias para que cese la lesión del derecho fundamental" de los vecinos.

En una sentencia previa, fechada en el 13 de octubre de 2008, ya el Supremo reconocía esta causa de lesión de derecho y se pedía a AENA que actuará al respecto. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) pidió que se redujeran a la mitad el número de vuelos, algo que recurrieron desde AENA porque consideraban que no era lo que pedía el Supremo.

En esta sentencia, que responde a cuatro recursos de casación presentos a la última decisión del TSJM por parte de los vecinos, de la Abogacía del Estado y de AENA, el Supremo entiende que "salvo a lo relativo a las indemnizaciones", la sentencia del Tribunal madrileño "no se ha ejecutado" y que "por la Sala de instancia se ha de proseguir el incidente de ejecución".

Así, hace referencia a la sentencia del TSJM del de 3 de noviembre de 2009 que dispuso que "con carácter inmediato" se procediese a la reducción en un 50 por ciento sobre la cifra actual del total de los vuelos sobre la citada urbanización, "con las consecuencias" que ello implicase en el uso de la pista 18-R.

AENA también presentó recurso de casación al entender, entre otras cosas, que "desatiende la doctrina sentada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho de la intimidad domiciliaria" y que entiende que se tiene que dar el "justo equilibrio entre los intereses de las personas afectadas y los de la comunidad en su conjunto".