Condenan al SAS a aumentar la indemnización a una mujer tras no detectarle una fractura

Actualizado: jueves, 2 julio 2015 4:04

MÁLAGA, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -

Un juzgado de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a aumentar la indemnización concedida a una paciente a la que no detectaron una fractura en el hospital malagueño al que acudió tras una caída en la calle en noviembre de 2005, según han informado desde la asociación El Defensor del Paciente, que ha representado a la afectada. En total se le tendrá que pagar unos 43.500 euros.

Según han precisado a través de un comunicado, la asociación interpuso primero una reclamación en nombre de la mujer, de 66 años, ante el SAS por no haberse detectado que tenía una fractura cuando se le realizó una radiografía en el Hospital Regional, emitiéndose un diagnóstico de contusión en el hombro derecho, tras lo que se le dio el alta.

Ante los continuos dolores, junto a falta de movilidad, acudió de nuevo a dicho centro sanitario en enero de 2006 y "se vuelve a emitir un diagnóstico erróneo", señala el colectivo, en este caso tendinitis en hombro derecho, según la reclamación, de forma que le recetaron medicamentos y rehabilitación, pero no se le hizo prueba radiológica alguna.

Unos días después, fue a una clínica privada en la que se le realizó un estudio radiológico y se apreció lo que parecía una fractura y, tras hacer un TAC, se observó una luxación posterior de la cabeza del húmero derecho con fractura. Con este diagnóstico, dice la resolución, acudió de nuevo al hospital y se le indicó el tratamiento, remitiéndola al traumatólogo

En marzo se la derivó a tratamiento rehabilitador y se observó en una resonancia magnética que había una "severa afectación articular" y después de dicho tratamiento se detectaron secuelas en el hombro y en la forma de la rotación, dignosticándole, también, meses después un cuadro depresivo. El letrado de El Defensor del Paciente, Damián Vázquez, presentó una reclamación ante el SAS.

Dicho organismo dictó una resolución en la que a pesar de indicar que la primera asistencia "fue correcta" se le reconoce una indemnización, pero de 23.464 euros, por lo que la representación de la mujer presentó un recurso contencioso contra dicha resolución, solicitando que se aumentara la indemnización acordada, lo que ahora ha sido admitido.

La sentencia del juzgado, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que la resolución dictada llega a "unas valoraciones y conclusiones erróneas, no coincidentes" con un dictamen médico emitido en el que se alude a que inicialmente "no se valoraron correctamente los datos clínicos", por lo que estima el recurso presentado.

El juez admite parcialmente el recurso puesto que estima la indemnización pedida en cuanto a los días que tardó en curar y por la factura de la clínica privada, por ser estos gastos que "no hubo de efectuar la paciente, disponiendo la administración sanitaria de tales medios"; pero no reconoce lo solicitado en otras cuestiones, como el daño moral.

Así, la indemnización total se cifra en 43.580 euros, de los que por la vía administrativa ya se reconoció la cantidad de 23.464, de forma que el aumento y la cantidad a la que se le condena ahora a pagar de más al SAS es de 20.115 euros. La resolución, que es firme, declara, además, la responsabilidad solidaria de la entidad aseguradora en el pago de la cuantía.

Desde la asociación han indicado que la paciente "está muy agradecida a la labor prestada por los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente". El letrado ha concluido diciendo que "este tipo de reclamaciones por negligencia médica al no saber detectarse fracturas en asistencias en urgencias de hospitales se dan en muchos casos".