Imputados el exalcalde de Piélagos y el concejal de Obras

Actualizado: miércoles, 13 mayo 2015 18:30

También están imputados el exsecretario municipal como inductor y dos promotores inmobiliarios como cooperadores necesarios

SANTANDER, 13 May. (EUROPA PRESS) -

El juez Luis Enrique García Delgado, titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Santander, ha imputado un presunto delito de prevaricación al exalcalde de Piélagos, Jesús Angel Pacheco, al todavía concejal de Obras, Celestino Cobo, por autorizar o consentir la construcción de un vial ilegal en una urbanización del Barrio El Sartal de Mortera.

También están imputados por el mismo delito el exsecretario municipal, como "inductor", y dos promotores inmobiliarios. A estos últimos el juez también les imputa un posible delito contra la ordenación del territorio, al igual que al arquitecto municipal, en este caso por informar favorablemente la licencia de primera ocupación de las 36 viviendas de la promoción pese a que "sabía perfectamente" que el acceso rodado a la misma conculcaba la normativa urbanística.

Así consta en un auto fechado el lunes 11 de mayo, y recogido por Europa Press, en el que el magistrado pone fin a la instrucción de la causa, abierta a raíz de una denuncia de un funcionario municipal.

El juez retira la imputación a cuatro personas, entre ellas el propio querellante, y da traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal y las acusaciones personadas para que en el plazo de 10 días soliciten la apertura de juicio oral formulando escrito de acusación, o en su caso, el archivo de la causa.

El auto señala que a mediados de mayo del año 2007, el entonces alcalde, "con la complicidad o aquiescencia" del concejal de Obras, "mandó" ejecutar un vial en una urbanización del barrio El Sartal de Mortera a dos empresas, promotoras de la urbanización, "conociendo perfectamente" que el vial iba a discurrir por una parcela destinada a parque público.

DECISIÓN "CLANDESTINA"

Según el auto, esta decisión se tomó para "favorecer" al entonces secretario del Ayuntamiento, dueño de la finca que se iba a ver beneficiada por el vial al posibilitar su conexión con la CA-303; y a los dos promotores, el que promovió la parcela del secretario y el que ejecutó el camino.

El magistrado señala que la decisión de ejecutar el vial tuvo una naturaleza "puramente clandestina", pues no se siguió expediente de ningún tipo, y de hecho, "no consta que esta actuación esté documentada en el Ayuntamiento".

"Como es obvio, no existe resolución expresa del alcalde acordando la ejecución de un vial ilegal, pero resolución hubo, porque, si no, el vial no se hace", añade el juez, quien sostiene que la decisión de ejecutar el vial es la que "constituye la resolución que sostiene la imputación por prevaricación", porque es "gravemente injusta, por lesionar de forma severa la legalidad urbanística, y gravemente lesiva del interés público".

Recuerda que al ejecutar la promoción una junta de compensación, el Ayuntamiento en ningún caso tenía que pagar por la ejecución de vial alguno, y ordena el archivo provisional en lo que se refiere a un posible delito de malversación de caudales públicos al no tener "indicios suficientes" que permitan afirmar que el vial fue abonado por el Ayuntamiento.

En este sentido, el auto señala que durante el procedimiento no se ha aportado factura que justifique la ejecución de tales trabajos y no consta que hayan sido abonados por el Ayuntamiento de Piélagos.

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