Una nueva sentencia obliga a MARE a abonar parte de la extra de 2012

MARE
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Actualizado: jueves, 19 diciembre 2013 14:36

SANTANDER, 19 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Social Número 5 de Santander ha estimado parcialmente una demanda de conflicto colectivo presentada por el Sindicato Independiente de Empleados Públicos (SIEP) contra la empresa pública MARE, y reconoce al personal laboral a percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 desde el 1 de julio al 14 de julio de 2012.

En un comunicado, SIEP se congratula de haber ganado otra sentencia en relación con la paga extraordinaria de diciembre del 2012 en el sector público, en la que también ha demandado a las secciones sindicales de CCOO, UGT, CSIF, Sección Sindical Obrera y Comité de Empresa de MARE.

SIEP presentó conflicto colectivo de la empresa MARE por no abonar la paga extraordinaria de diciembre del 2012 el Juzgado de lo Social Número 5, que el 10 de diciembre ha dictado sentencia a favor del sindicato.

En la misma, el magistrado argumenta que las pagas extraordinarias de verano y navidad se retribuyen semestralmente en la empresa, y así se liquidan a los trabajadores que extinguen su relación laboral.

Igualmente expone que la Ley 20/2012 de 13 de julio no tiene efectos retroactivos, así como que las gratificaciones extraordinarias constituyen una manifestación del llamado salario diferido y se devengan día a día, aunque su vencimiento tenga lugar en determinados meses del año, debiendo su importe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador.

Dicho con otras palabras, "las pagas extraordinarias no son un premio por llegar la relación laboral a una fecha, sino que responden al trabajo efectivamente desarrollado durante el período al que las mismas hacen referencia", indica.

Así, al no tener la citada ley efecto retroactivo y siendo la paga extraordinaria de diciembre de 2012 un derecho ya devengado hasta el 14 de julio --incluido--, el juez reconocer el derecho de todos los trabajadores a percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.