La Audiencia Nacional inadmite una querella de Causa Común contra Sebastián por los CTC

Miguel Sebastián
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 23 junio 2015 13:24


MADRID, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha rechazado admitir a tramite la querella presentada por la Organizacion Nacional de Consumidores de España Causa Comun contra la exvicepresidenta del Gobierno Elena Salgado, el exministro de Industria Miguel Sebastian, el exsecretario de Estado de Energía Pedro Luis Marin Uribe y Endesa por el cobro de 1.562 millones de euros por parte de la eléctrica con cargo a los llamados Costes de Transición a la Competencia (CTC).

La querella, presentada por la comisión de supuestos delitos de prevaricacion en comision por omision y estafa agravada bajo la forma del delito masa, les acusaba de haber permitido a la filial de Enel el cobro de esta cantidad como consecuencia del suministro electrico que dicha compania presta a los ciudadanos para compensar a las electricas por las inversiones realizadas antes de la liberalizacion del sector.

Segun los querellantes, esto supuso una estafa, porque con la subida de los precios del petroleo y del gas esta forma de actuar determinó que la compañia cobrara mas de lo inicialmente previsto, repercutiendolo en los consumidores hasta su derogacion mediante Real Decreto 7/2006 de medidas urgentes en el sector energetico.

En un auto, el juez Moreno señala que tras el examen y estudio de las actuaciones, las diligencias practicadas en su dia por la Fiscalia Anticorrupcion, asi como del expediente remitido por el Ministerio de Industria, Turismo y Energia "se llega a la conclusion de que los hechos denunciados no son constitutivos de los delitos de prevaricacion y estafa, pues no concurren los presupuestos exigidos reiteradamente por la jurisprudencia para la existencia de los mismos".

Añade que, "a tenor de los datos y elementos existentes, ha de concluirse que la querella en cuestion cuando menos no es fundada a efectos penales, al no revestir los hechos caracteres de delito", por lo que no procede admitirla a tramite.

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