El 'impuesto al sol' y otras siete polémicas acerca del decreto de autoconsumo

Impuesto al sol
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 14 octubre 2015 11:36

MADRID, 14 Oct. (EDIZIONES) -

El Gobierno acaba de aprobar el real decreto 900/2015 en el que regula la actividad de autoconsumo. Por fin existe una normativa para que los consumidores puedan generar su propia electricidad en los tejados de casa mediante paneles solares. Sin embargo, el decreto nace envuelto en polémica, debido al llamado 'impuesto al sol' y a otros aspectos como los que a continuación hemos recogido en Europa Press:

UN 'IMPUESTO AL SOL'

Desde la publicación hace dos años del primer borrador de decreto de autoconsumo, han arreciado las críticas contra el llamado 'impuesto al sol'. La expresión ha sido afortunada, si bien no es del todo correcta, ya que no existe tal impuesto. Más aún, los autoconsumidores están libres de pagar impuestos por la electricidad que autoproduzcan.

En realidad, lo que el llamado 'impuesto al sol' denuncia son los diferentes peajes y cargos que deben asumir los autoconsumidores conectados a la red para sufragar los costes regulados del sistema eléctrico. Entre estos costes, figuran los de las redes de transporte y distribución, la deuda eléctrica y, como partida de mayor envergadura, los incentivos a las renovables.

UNA EXENCIÓN, PERO TRANSITORIA

El real decreto obliga a todos los consumidores a pagar un cargo fijo en función de la potencia contratada para sufragar los costes regulados del sistema y otro cargo variable por los kilovatios hora (kWh) producidos. Esta es la versión final del 'impuesto al sol'.

Sin embargo, los pequeños autoconsumidores, los de potencias inferiores a 10 kilovatios (kW), como es el caso de los hogares, quedan exentos de pagar este segundo cargo variable en función de los kilovatios hora (kWh) producidos.

La polémica surge porque esta exención, recogida en una disposición transitoria del decreto, es a su vez "transitoria" y se aplicará hasta que se apruebe la nueva metodología de reparto de costes del sistema eléctrico en la que trabaja la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). De esta forma, queda abierta de par en par la puerta a que los autoconsumidores se vean obligados a asumir no solo el cargo por la potencia contratada, sino también por la producida.

EVITAR BURBUJAS A GOLPES DE CARGAS ADMINISTRATIVAS Y REGISTROS

El Ministerio de Industria ha elaborado un decreto plagado de prevenciones financieras, en línea con una de las principales obsesiones de la reforma energética. El autoconsumo se desarrollará sin menoscabar la estabilidad financiera del sistema y sin generar costes adicionales.

Además, obligará a los consumidores a someterse a un control a través de un nuevo registro. Los trámites administrativos también son arduos y van desde la solicitud de un nuevo punto de conexión hasta la suscripción de nuevos contratos de acceso. Este ámbito exasperará sin duda a los futuros autoconsumidores y parece terreno abonado para la figura del asesor energético capaz de ofrecer en un mismo kit el papeleo, la instalación y el mantenimiento.

SANCIONES MUY GRAVES

Las infracciones muy graves, conforme a la Ley del Sector Eléctrico de finales de 2013, pueden oscilar entre los 6 y los 60 millones de euros. Pues bien, el decreto de autoconsumo confiere al propietario de una placa solar las mismas responsabilidades que a cualquier otro productor eléctrico y recoge sanciones muy graves para prácticas como incumplir las obligaciones de registro o realizar un autoconsumo conectado al margen de las modalidades incluidas en la norma. El autoconsumidor irredento ante la complejidad administrativa quizá quede del todo desanimado con la envergadura de las sanciones.

EL PISO 14 LETRA D DE SORIA

"¿Dónde hay autoconsumo? No en la planta 14, letra D de un edificio de treinta plantas. El autoconsumo siempre está en las casas particulares" y si no se impone el peaje "una parte de los consumidores financiaría a la otra". Con estas palabras ha justificado el ministro de Industria, José Manuel Soria, la necesidad de que los autoconsumidores paguen también los costes regulados del sistema.

Conforme a este principio de solidaridad, si no se paga este cargo, que corresponde a partidas fijas comprometidas por el regulador, otros consumidores con "menor renta" se verían obligados a hacerlo. Este argumento ha sido el principal de los utilizados por Industria para defender los cargos al autoconsumo. De no pagarlos, el autoconsumidor, señala Soria, se convertiría en un 'free rider', esto es, en un usuario que disfruta de un servicio a costa de los demás.

Finalmente, el real decreto ahonda en esta idea de que las placas solares son para las viviendas unifamiliares, pero no porque esta particularidad vaya en la naturaleza del autoconsumo, sino por motivos regulatorios. La norma impide explícitamente el autoconsumo compartido, esto es, el que podría realizar una comunidad de vecinos.

LA LUZ SOLAR QUE TREPA POR LA RED

Una de las preocupaciones técnicas para las compañías eléctricas propietarias de las redes de distribución es el vertido de la electricidad excedentaria a la red por parte de los autoconsumidores. Las empresas advierten del coste para adaptarse a la complejidad técnica de una producción capaz de "trepar por la red" hasta las líneas de transporte en zonas de fuerte radiación. Como ejemplo, se alude a una urbanización cercana a la playa en temporada baja, cuando el consumo es escaso, pero la producción elevada.

El decreto es restrictivo en este aspecto y anticipa una futura orden ministerial para cifrar el eventual coste para el sistema de estos excedentes de producción. También se reserva la posibilidad de incorporar aparatos para limitar los vertidos. Además, y aquí es donde surge la polémica, niega a los autoconsumidores de tipo uno, los de menos de 100 kW, la posibilidad de cobrar por los vertidos.

Si este autoconsumidor quiere cobrar por la electricidad vertida, tendrá que registrarse como productor en el registro del Raipre y convertirse en lo que se llama un autoconsumidor de tipo dos, al que se obliga a hacer declaraciones del IVA o abonar el impuesto del 7 por ciento a la producción.

SIN BALANCE NETO

Estas limitaciones al vertido de electricidad impiden al autoconsumidor disfrutar, como ocurre en otros países, del balance neto. Mediante esta técnica, el autoconsumidor puede recibir un descuento en la electricidad consumida de la red equivalente a la que haya vertido a la misma. La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) ha lamentado que el Gobierno no haya apostado por esta modalidad, "la más extendida en el mundo". Los pequeños autoconsumidores se ven "obligados a regalar la energía que no consumen", lamenta.

CONTRA EUROPA

En el ámbito político, el decreto también ha generado polémica, hasta el punto de que PSOE, Ciudadanos y Podemos se han comprometido a derogar el decreto.

El principal partido de la oposición, a través del responsable del área de Política Industrial y Competitividad, Maurici Lucena, ha asegurado que la norma "contraviene las recomendaciones de la Unión Europea" presentadas en julio dentro del paquete energético y dificultará la consecución de los objetivos de renovables.

Este rechazo político y los seis meses que fija la norma de adaptación al autoconsumo hacen que algunos ya apuesten por que la norma no llegará nunca a aplicarse.