Actualizado 23/11/2011 15:13

Pasar más seis meses fuera de España no implica perder automáticamente el permiso de residencia, según el Gobierno

MADRID, 23 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración ha confirmado a la Oficina del Defensor del Pueblo que un inmigrante no puede perder su permiso de residencia de forma automática por pasar más de seis meses fuera de España en el plazo de un año, ya que para extinguir su autorización ha de haber "una resolución motivada de la autoridad competente".

Según ha informado la Oficina que dirige María Luisa Cava de Llano, esto implica que mientras no se haya declarado la extinción de la autorización de residencia ésta sigue en vigor y su titular mantiene todos los derechos que el permiso le confiere, como residir en España. De este modo, aunque hayan pasado más de seis meses desde que abandonó el país, no se le puede negar la entrada en territorio nacional.

La confirmación de esta previsión normativa llega después de que el Defensor del Pueblo contactase con la citada Secretaría de Estado y le diese cuenta de las quejas presentadas por ciudadanos extranjeros a quienes se les había denegado la entrada en España o un visado de estancia por haber pasado más de seis meses fuera del país.

La Oficina del Defensor considera que, si bien la normativa recoge como causa de extinción de la tarjeta de residencia el pasar más de seis meses en el periodo de un año fuera de España, "esta extinción no puede producirse simplemente" por ello, ya que debe existir "una resolución motivada de la autoridad competente que se debe producir tras la tramitación del correspondiente procedimiento de extinción de autorizaciones administrativas".

"Por este motivo, a juicio de la Institución, la actuación de las administraciones implicadas en los casos expuestos por los ciudadanos no están justificadas, ya que mientras estén en vigor las autorizaciones, la Administración debería permitir la entrada en España de estas personas, a fin de que puedan reanudar su residencia y formular las alegaciones oportunas en el correspondiente procedimiento de extinción", explica el Defensor del Pueblo.

La Oficina que dirige Cava de Llano concreta que tras poner estos hechos en conocimiento de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, "ésta ha confirmado el criterio de la Defensoría".