Anulan las plazas de la pareja del alcalde y la hija de un cargo del PP en Xinzo

Los dos tribunales incumplieron la paridad hombre-mujer y hubo desviación de poder al buscar un tribunal a medida y del PP, según el auto

Europa Press Galicia
Actualizado: jueves, 24 julio 2014 15:15
av2" class="NormalTextoNoticia" itemprop="articleBody">

   OURENSE, 24 Jul. (EUROPA PRESS) -

   Un juez de Ourense anuló en el Ayuntamiento de Xinzo de Limia (Ourense) las plazas creadas para una administrativa que era novia del alcalde Antonio Pérez en 2012 y para una abogada hija del exdelegado de la Consellería de Medio Ambiente, en una sentencia recurrible que entra en el fondo del proceso selectivo y de la formación de los tribunales.

   La sentencia fue dada a conocer por el sindicato CIG, que impugnó ambas plazas en el juzgado contencioso-administrativo como representante mayoritario de los trabajadores municipales de Xinzo de Limia, y según su portavoz, Anxo García Torres, es de las pocas que "entra en el fondo de la cuestión de la paridad de género en los tribunales de selección y considera que su ausencia ya es motivo para anular las dos plazas".

   En ningún trámite del proceso de selección "se justifica la vulneración de ese principio de paridad y por esta sola causa deben anularse" las plazas impugnadas, según el texto judicial. El juez expresa su rechazo al argumento del Ayuntamiento, que alegó que computando los suplentes de los tribunales sí se cumpliría la paridad de género.

   "Si se suman los miembros del tribunal titular y los del tribunal suplente resultan un total de 9 hombres y 3 mujeres y en todas y cada una de las sesiones del tribunal intervino exclusivamente el tribunal titular, compuesto por 4 hombres y una mujer", según el juez.

LA NOVIA DEL ALCALDE

   La mitad de la sentencia, que ocupa 13 folios, se centra en desgranar el otro motivo de la anulación de las dos plazas, según el juez, y que es la "concurrencia de vicios adicionales" relativos a la actuación del alcalde y a los miembros de los dos tribunales.

   Según el escrito judicial, en el proceso de selección para la plaza de administrativa, el alcalde se hallaba afectado "al mantener con la candidata una relación de pareja, o amistad íntima y esto era un hecho público y notorio".

   "El alcalde debió abstenerse de dictar resoluciones en este procedimiento administrativo tras la presentación de la candidatura de Ana María F.N., pero no sólo no se abstuvo, sino que dictó una resolución relevante para escoger y designar a los miembros del tribunal de selección", según la sentencia.

   La selección de ese tribunal, según el juez, se hizo "exprofeso" con el "propósito de que fuese proclive a la adjudicación final del puesto de trabajo a Ana María F.N., por lo que el alcalde incurrió en el vicio de desviación de poder".

   La sentencia expresa la "sorpresa" porque todos los miembros del tribunal de selección "sin excepción" trabajasen para la Diputación Provincial de Ourense, "en la que el alcalde de Xinzo es diputado del PP y tiene funciones de dirección y gestión política, por delegación especial del presidente de la Diputación".

   Según el juez, este es un "claro indicio" que se suma al hecho de que en el tribunal no estuviesen el secretario municipal ni ningún funcionario de la Administración autonómica "como es habitual en estos procesos selectivos".

TODOS DEL PP

   En el juicio celebrado el 14 de enero de 2014 quedó probado, según la sentencia, que de los 5 miembros del tribunal de selección "al menos 3 mantenían vínculos estrechos con el PP" y detalla que el presidente del tribunal era --y es-- el concejal del PP en el Ayuntamiento de Monterrei y jefe del servicio de Recursos Humanos de la Diputación, José Luis Suárez.

   Además, uno de los vocales, José Antonio B.P., era concejal del PP en el Ayuntamiento de Esgos y el secretario, José Eugenio G.C., había sido alcalde de Nogueira de Ramuín, como independiente en el PP y es el actual jefe del servicio jurídico de la Diputación.

   "Sin poner en duda en modo alguno, la honestidad y competencia profesional de estos miembros del tribunal, lo cierto es que se puede concluir que fueron escogidos por el alcalde de Xinzo de Limia con el propósito de que, dada su presumible afinidad política y su relación con la Diputación, tuviesen alguna predisposición a favorecer a su íntima amiga, candidata que fue finalmente seleccionada", sigue la sentencia.

LA HIJA DEL DELEGADO

   En relación a la plaza de letrada municipal, la sentencia se basa en que la seleccionada, María del Carmen P.L., es hija del que fue "destacado miembro del PP que ocupó durante muchos años el cargo de delegado provincial de la consellería de Medio Ambiente en Ourense, Agustín Prado Verdeal", con "estrecho vínculo" con el anterior presidente de la Diputación, José Luis Baltar.

   "Sorprende aquí también" que, como en el caso anterior, todos los miembros del tribunal fuesen funcionarios de la Diputación Provincial de Ourense salvo uno, según el texto. En este caso, el tribunal estuvo formado por los mismos funcionarios o concejales del anterior, a los que se sumó la "pareja del alcalde de O Carballiño, también del PP".

   En la sentencia se califica de "curioso" que el único miembro del tribunal que era funcionario de la Xunta de Galicia "había tenido un vínculo muy estrecho con el padre de la candidata seleccionada, Agustín Prado Verdeal, y era el secretario provincial de la delegación que ocupaba".

   El juez ve también "desviación de poder" en la designación de este tribunal y concluye que se saltó legislación que pretende evitar "cualquier sospecha de interferencia política o ideológica" en la selección de personal para evitar "prácticas ilícitas de favoritismo o clientelismo político y dotarlos de una imagen de absoluta objetividad e imparcialidad.

   "Todo esto se quebró en estos casos y más aún en casos como estos en los que las candidatas seleccionadas tienen un estrecho vínculo, por afinidad o parentesco, con miembros del mismo partido político que forman el tribunal", afirma.

   La sentencia que anula ambas plazas es recurrible ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en 15 días. Es la décima que condena al Ayuntamiento de Xinzo por cuestiones laborales.

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado