Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 22/07/2010 15:47
Turismo

Aprobados los proyectos de decreto reguladores de las actividades turísticas de restauración en Canarias

   El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó hoy, en su reunión en Las Palmas de Gran Canaria, los proyectos de Decreto por los que se regulan las actividades turísticas de intermediación y de restauración, así como los establecimientos donde se desarrollan éstas últimas.

   El departamento que dirige Rita Martín propone con estas medidas continuar con el desarrollo reglamentario de la Ley 7/1995, de 6 de abril, modificada por la Ley 14/2009, de 30 de diciembre, a los efectos de adecuar la ordenación de las actividades turísticas al régimen regulador de los servicios en el mercado interior europeo.

   El Proyecto de Decreto por el que se regula la actividad de intermediación turística incluye la ordenación de la actividad desplegada  por las agencias de viajes cuyo régimen jurídico vigente (Decreto 135/2000, de 10 julio) se ve sensiblemente alterado como consecuencia de las medidas liberalizadoras que impone la Directiva de Servicios.

   Las modificaciones más significativas que se introducen consisten en que se regula la figura de la intermediación turística en general. Además de la sustitución del régimen de autorización administrativa por el de comunicación del inicio de la actividad y, en el caso de las agencias de viajes, de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos de ordenación establecidos y el control posterior de dicho cumplimiento.

AGENCIAS DE VIAJES

   A ello se suma la supresión de la exigencia a las agencias de viajes de constituirse en formas societarias determinadas (sociedades anónimas o de responsabilidad limitada), con capitales sociales mínimos señalados (superiores, en el caso de las sociedades de responsabilidad limitada, a los mínimos establecidos en la legislación mercantil).

   También plantea la eliminación del deber empresarial de dedicación exclusiva a esta actividad; la supresión de la exigencia de un local para el ejercicio de la actividad; y la supresión de la obligatoriedad de las empresas comunitarias no domiciliadas en Canarias de contar con una representación local.

   El proyecto de Decreto por el que se regula la actividad turística de restauración y los establecimientos donde se desarrolla contempla los requisitos para el ejercicio de dicha actividad, así como las condiciones mínimas que deben cumplir los establecimientos.

   La norma prevé la sustitución del régimen de autorización por el de comunicación previa y declaración responsable, con control posterior del cumplimiento de requisitos previstos en la normativa ordenadora de la actividad.

   Igualmente, establece la clasificación de los establecimientos en los siguientes grupos de Restaurantes; Bares-cafeterías; la supresión de las categorías (desapareciendo la clasificación en tenedores y tazas); y la reducción y racionalización de  los requisitos exigibles.

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