El TSJM ordena al Ayuntamiento de Pelayos de la Presa que anule una plaza adjudicada a la hija del exteniente de alcalde

Tribunal Superior de Justicia de Madrid
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 14 diciembre 2017 17:18

MADRID, 14 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia (TSJM) de Madrid ha dictado que el Ayuntamiento de Pelayos de la Presa debe acabar con un puesto fijo de agente de Empleo y Desarrollo Local (AEDL) en el Consistorio, que se adjudicó en 2015 a la hija del exteniente de alcalde, Severino Pastor.

La sentencia del TSJM, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge que este puesto quedará ahora sin efecto alguno, por lo que "debe darse por terminada la relación laboral en el plazo de un mes desde recibirse la orden de ejecutar esta sentencia".

Sin embargo, el Ayuntamiento tiene 30 días para interponer un recurso de casación contra el fallo ante la misma sala, algo que ya ha hecho en un par de ocasiones.

El actual Gobierno municipal presentó un recurso en junio de 2016 ante el TSJM contra el fallo judicial del Tribunal Contencioso-Administrativo número 1 de Madrid, que declaraba la nulidad de una resolución del exalcalde de Pelayos de la Presa, Herminio Cercas.

En la misma se decidía convocar en febrero de 2015 un puesto de personal laboral fijo de agente de Empleo y Desarrollo Local (AEDL). Éste recayó en la hija del anterior teniente de alcalde y responsable de Personal del Ayuntamiento, Severino Pastor.

Tras recurrir la sentencia del Contencioso, el exconcejal socialista en Pelayos de la Presal Mario Cuéllar, que denunció estos hechos, asegura que el puesto ha sido mantenido más de un año y medio después, con "un considerable gasto para las arcas municipales que se suma a los gastos de abogado y procurador por parte del Ayuntamiento, además de las costas del juicio".

Ahora, el fallo del TSJM señala que la plaza que ocupa la hija de Pastor no estaba presupuestada con anterioridad al 1 de enero de 2005, algo que contradice la versión del Consistorio actual, que defiende que cubría dicho puesto desde el año 2001.

"Si bien la plaza de agente de Empleo y Desarrollo Local, en algunos años desde el 2001 fue ocupada temporalmente por la adjudicataria, es cierto que no lo ha sido de forma ininterrumpida porque en ocasiones fue contratada como auxiliar administrativo y en otras ocasiones en calidad de agente de Empleo y Desarrollo Local. En otros años como ambas cosas que no son desde luego lo mismo", recoge la sentencia.

Además, ésta también ha considerado acreditado que el proceso de contratación de la hija de Pastor "venía en numerosas ocasiones condicionada por la existencia de subvención de la Comunidad Autónoma, la cual no habría sido necesaria si hubiera estado dotada presupuestariamente".

"El Ayuntamiento debería asumir su responsabilidad y plantearse seriamente si merece la pena alargar el proceso judicial cuando ya son dos sentencias en contra", defiende el exconcejal socialista, que espera que se produzca "una pérdida de confianza" hacia la secretaria del Ayuntamiento, Pilar Wic, por "dar apareciencia de legalidad a todo el proceso y en el que incluso, según los propios magistrados, envió una documentación que contradecía el recurso de la abogacía del Ayuntamiento".

NUEVA CONVOCATORIA

Con todo esto, Cuéllar se muestra "sorprendido" por la decisión del Ayuntamiento de iniciar un nuevo proceso de concurso-oposición para la consolidación de empleo temporal de un puesto de auxiliar administrativo. "Por lo que habría que estudiar esta oferta de empleo público y sopesar una denuncia a la corporación en caso de que la convocatoria siguiera adelante, ya que se podría estar incurriendo en un caso de prevaricación administrativa", concluye.