La Ley de Custodia Compartida de Aragón se aprobará el jueves tras su visto bueno en la Comisión Institucional

Actualizado: lunes, 17 mayo 2010 16:14

ZARAGOZA, 17 May. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de las Cortes de Aragón aprobará la proposición de ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres, también conocida como Ley de Custodia Compartida, el próximo jueves, después de este lunes, la Comisión Institucional diera su visto bueno al dictamen elaborado en Ponencia sobre la futura norma. Izquierda Unida (IU) votó en contra, mientras que Partido Popular (PP), Partido Socialista (PSOE) y Chunta Aragonesista (CHA) votaron a favor hoy.

Se trata de una iniciativa legislativa del Grupo del Partido Aragonés (PAR) que pretende adaptar la normativa sobre el tema a la sociedad actual, al estar "muy desfasada", según dijo la ponente y diputada regionalista María Herrero, todo ello gracias a la capacidad de Aragón de legislar sobre parte del Derecho Civil, al estar reconocido el Derecho Civil Foral aragonés como parte del ordenamiento jurídico español vigente.

"Podemos estar muy orgullosos de que vayamos a ser la primera comunidad autónoma que tiene una legislación tan avanzada en materia social", señaló Herrero, quien pronosticó que "va a conseguir invertir la tendencia actual", según la cual en la práctica totalidad de los casos la custodia de los hijos menores de edad se otorga individualmente a la mujer.

María Herrero aseguró que la nueva normativa aragonesa "tendrá un efecto dominó" y recordó que en otros ámbitos se ha hablado de regular este derecho para toda España.

La ponente de la futura Ley manifestó que, en el proceso de negociación de enmiendas, se ha aceptado el 80 por ciento de las mismas, lo que "garantiza una buena aplicación posterior". Cuando se apruebe, los jueces concederán la custodia compartida "preferentemente" antes que a uno solo de sus miembros y la vivienda familiar pasará a ser habitada por quien más dificultades tenga para reubicarse.

Asimismo, la proposición de ley insta a elaborar y aprobar una segunda Ley de Mediación, de tal manera que se regulen los mecanismos para favorecer la negociación entre las dos partes en caso de separación o divorcio, "siempre priorizando el interés del menor", concluyó Herrero.

DICTAMEN

El dictamen aprobado esta mañana señala que la Ley pretende asegurar que los menores hijos de padres separados mantendrán el derecho a relacionarse con los restantes familiares y que los dos cónyuges conservarán sus funciones como autoridad familiar, sin que esta pueda ser menoscabada.

Los dos cónyuges seguirán tomando decisiones sobre la educación y crianza de sus hijos y también ambos tendrán derecho a relacionarse de forma regular y directa con sus hijos.

Al romper la convivencia, los padres podrán elaborar un "Pacto de relaciones familiares" en el que se fijará la pensión a pagar, el régimen de visitas y otros aspectos, todo lo cual será revisado por el juez, que podrá anularlo si considera que no prevalece el interés de los menores.

Los excónyuges podrán recurrir a la mediación familiar antes de acudir a la vía judicial e, incluso, el juez podrá señalar un mediador familiar extrajudicial. De hecho, el procedimiento judicial de divorcio podrá suspenderse si los excónyuges prefieren solucionarlo mediante un mediador, aunque hayan comenzado los trámites judiciales.

Si no hay acuerdo, el juez determinará las pautas. La vivienda será habitada por el ex cónyuge que tenga la custodia única de los menores, si así lo decide el juez, o para aquel que más dificultades tenga para acceder a una si es compartida. El juez podrá decidir que la vivienda familiar se ponga a la venta.

El dinero que aporten los ex cónyuges para asistir a los hijos se decidirá, entre otros criterios, por los recursos de que disponga. La asignación compensatoria que se abonará al ex cónyuge que quede en peor situación económica dependerá de los recursos de sus padres, de quién tiene la vivienda familiar, la edad de los hijos, las perspectivas económicas del afectado, y las funciones familiares desempeñadas.