El TC estudiará desde hoy 16 recursos contra la 'doctrina Parot'

Actualizado: martes, 19 julio 2011 8:11


MADRID, 19 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional estudiará en Pleno durante esta semana un total de 16 recursos de amparo presentados por otros tantos presos, la inmensa mayoría de presos de ETA, contra la aplicación de la denominada 'doctrina Parot', por la que el cómputo de las redenciones que se aplican a un penado se realiza sobre el total de las condenas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que amplía su estancia en prisión.

Fuente del alto tribunal han señalado a Europa Press que ya han sido admitidos a trámite una treintena de recursos y hay casi otros veinte pendientes de este trámite. En la primera tanda que llega este martes al Pleno se encuentra el presentado por José Ignacio Gaztañaga, a quien la 'doctrina Parot' impidió salir de prisión en marzo de 2006, tan sólo cinco días antes de la fecha inicial para su excarcelación, que era el día 29 de ese mes. De no aceptarse su recurso, continuará en prisión hasta marzo de 2018.

Las dos Salas que componen el Tribunal Constitucional tenían pendientes recursos contra la aplicación de esta doctrina, la mayoría de los cuales han sido presentados por presos de ETA, aunque también los hay de presos comunes afectados por esta disposición, entre ellos violadores múltiples.

No obstante, y a pesar de que cada caso tiene que ser estudiado en profundidad por presentar características diferentes, se ha decidido avocar todos estos asuntos al Pleno con el fin de unificar criterios. La complejidad técnica de las decisiones, por otra parte, hacen poco probable que los recursos se resuelvan en el Pleno de la próxima semana, y no se descarta que el asunto quede pendiente hasta la vuelta del verano.

POSICIÓN DE LA FISCALÍA

Según las mismas fuentes, en la mayoría de los casos la Fiscalía apoya la demanda de amparo, ya que las condenas de los recurrentes fueron revisadas en su día, con anterioridad a la aplicación de la 'doctrina Parot', en cumplimiento de la disposición transitoria Primera del Código Penal de 1985, que señalaba que sus disposiciones podría ser aplicadas a los ya condenados si fueran "más favorables para el reo".

En estos casos concretos, la Fiscalía habría entendido que una nueva revisión en función de la 'doctrina Parot' vulneraría los derechos fundamentales de los presos afectados, según las mismas fuentes.

No obstante, este punto de vista ha sido recientemente rebatido por el propio Tribunal Supremo -creador de la 'doctrina Parot'- en una resolución del pasado 19 de mayo en la que señalaba que "las resoluciones que aprueban las liquidaciones de condena efectuadas al penado (...) tienen carácter provisional".

En consecuencia, a juicio del Supremo, "no se les han reconocido los efectos propios de cosa juzgada" y no hay problema para aplicar la 'doctrina Parot' en estos casos. La sentencia en cuestión confirmó la vuelta a prisión del asesino en serio de Villarobledo (Albacete), Pedro Antonio Seco.

En esta resolución el Tribunal Supremo realizaba una defensa de su doctrina al afirmar que "ha rectificado un criterio erróneo" en cuanto a la forma en la que los beneficios penitenciarios se aplican a las penas impuestas.

Este argumento es el que se rebate en los recursos que han ido llegando al Tribunal Constitucional, donde también preocupa que de no admitirse los recursos la posición del alto tribunal pueda ser rebatida finalmente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), por suponer a la postre una aplicación retroactiva del Derecho Penal.

A mediados del pasado mes de mayo eran un total de 28 los recursos admitidos a trámite contra esta doctrina, 24 de ellos correspondientes a miembros de ETA y el resto referidos a narcotraficantes y delincuentes comunes a los que también se les ha aplicado la misma. Otra veintena de recursos estarían pendientes de admisión.

Además en los últimos años el tribunal ha rechazado por cuestiones de forma otro medio centenar de reclamaciones, entre ellas los del propio Henri Parot -la aplicación de la doctrina a su caso fue la que le dio nombre- y el de José Antonio López Ruiz, alias 'Kubati'.

El Pleno del Tribunal Constitucional ya se reunió y resolvió hace unas semanas que la cuestión debía dirimirse caso a caso, puesto que cada asunto presenta diferentes características. Esto quiere decir que una eventual "derogación" de la 'doctrina Parot' por el Constitucional no conllevará la salida de prisión de forma inmediata y en bloque de varios etarras, pues cada uno deberá esperar a que se resuelva su recurso en concreto.

Si finalmente el TC se inclinara por no confirmar esta doctrina, podría abrir la puerta a que comenzaran a salir de prisión numerosos históricos miembros de la banda terrorista. De hecho, en la actualidad son casi 60 los presos de ETA que permanecen en la cárcel en aplicación de este criterio del Tribunal Supremo.

Entre ellos hay terroristas con una destacada trayectoria en ETA como Inés del Río, José Ignacio Gaztañaga Bidaurreta o Domingo Troitiño, condenado a 794 años de cárcel por ser autor del atentado contra el Hipercor de Barcelona en 1987, que causó 21 muertes y 45 heridos.